Ser propietario de una única vivienda, se puede considerar como vivienda habitual

Recientemente he disuelto el condominio del piso que tenía en común con mi exmujer. Ella se ha quedado con el 100 % de la vivienda y a mi me ha compensado con 80000 euros, lo que ha generado un incremento de mi patrimonio a título oneroso. Para quedar exento de IRPF de este incremento de patrimonio estoy pensando en reinvertir en la adquisición de un apartamento y convertirlo en mi vivienda habitual ya que sería mi única propiedad. En él, estaría fines de semana y vacaciones, pero no entre semana, ya que me pilla a 90 Km del trabajo. ¿Podria tener problemas con hacienda?

3 respuestas

Respuesta
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Debe tener en cuenta el concepto fiscal de vivienda habitual Es el lugar donde el contribuyente ha permanecido más de 183 días durante un año natural.

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Además de lo indicado por el otro experto.

Hacienda controla que sea su vivienda habitual, mediante los consumos que suministran las compañías de luz, agua, gas... Y usted debe estar empadronado en esa vivienda, lo que supone, por ejemplo, posibles problemas con el medico, a la hora de votar, etc.

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No entiendo esto de que tenias esta vivienda al 50% con tu ex mujer y ahora, al pagarte ella tu parte para que pase a ser de su exclusiva propiedad, sea para ti un incremento de tu patrimonio. Lo único que has hecho ha sido convertir un valor en un inmueble por dinero en efectivo. ¿Lo consultaste con un abogado? Es posible que falten datos a lo que nos has contado.

¡Gracias! No , no lo he consultado con un abogado , pero por lo que he visto por internet se considera incremento de patrimonio según hacienda , aunque hay sentencias judiciales que no le dan la razón a hacienda ...

Has “visto en internet...” Habría que ver quien es el autor del comentario.

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