Comunidad propietarios e impuesto finca privada

El tema es el siguiente y es que después de más de 15 años, en una junta de propietarios se acuerda que el IBI de una finca privada (plaza de garaje en escrituras pero físicamente es el cuarto de los contadores de agua) que en su momentó cedió su dueño para este finde y que a su vez fue el constructor del edificio, lo va a abona a partir de ahora la comunidad. Hasta cierto punto puedo estar de acuerdo, pero mi duda es saber si esto es legal si no están de acuerdo el 100% de los propietarios. Entiendo que lo lógico es que está finca se ceda a la comunidad o que está la adquiera.

Por otra parte, si la comunidad paga el IBI durante años esto puede crear un precedente y ante demanda entender que esta finca a pasado a formar parte de la comunidad de vecinos?

Respuesta
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Todos los acuerdos son válidos mientras no se anulen en sede judicial. Bastará el voto de la mayoría del total de los propietarios que, a su vez, representen la mayoría de las cuotas de participación. En segunda convocatoria serán válidos los acuerdos adoptados por la mayoría de los asistentes, siempre que ésta represente, a su vez, más de la mitad del valor de las cuotas de los presentes. Pagar el IBI no supone adquirir la propiedad de la finca.

¡Gracias! 

Realmente me he enterado hoy de que la comunidad acaba de pagar el IBI de 2016 a 2020 con demoras y recargos de esta finca privada. El propietario se ha negado a pagarlo durante todos estos años pero nunca lo habia propuesto en una junta, ahora se propone y aprueba. No lo veo justo.

Creen que esto se puede impugnar por vía judicial com posibilidad éxito?

Que creen que es lo más adecuado a medio o largo plazo que haga la comunidad:

Siga pagando el IBI o i ntente adquirir o que le cedan la finca privada? Qué sería lo más justo y recomendable...

Solo se pueden impugnar los acuerdos de la Junta de propietarios cuando sean contrarios a la ley o a los estatutos de la comunidad de propietarios, cuando resulten gravemente lesivos para los intereses de la propia comunidad en beneficio de uno o varios propietarios, y cuando supongan un grave perjuicio para algún propietario que no tenga obligación jurídica de soportarlo o se hayan adoptado con abuso de derecho.

No veo que el acuerdo sea contrario a la ley, no sé si es contrario a los estatutos de la comunidad, el acuerdo es lesivo para los intereses de la comunidad y se beneficia un propietario (pero el juez tendrá que valorar si la lesión es grave o leve), y perjudica a propietarios que no tienen obligación de soportarlo (pero el juez tendrá que valorar si el perjuicio es grave o leve), no veo abuso de derecho.

Así que el éxito de la demanda depende de lo que piense el juez sobre la gravedad de la lesión a la comunidad y del perjuicio a los propietarios. ¿A cuánto asciende el IBI que ha pagado la comunidad?

De todas formas entiendo que la comunidad no ha pagado el IBI de 2016 a 2020, lo habrá pagado el presidente o el administrador con dinero de la comunidad, sin su permiso. Así que tendría que reponer el importe correspondiente. Y podría haber cometido delito.

En la última junta se vota por mayoría que se pague ese recibo de IBI que  corresponde a los años 2016-2020 con recargos por demoras incluidos. 

El administrador paga con su dinero el recibo y le carga a la cuenta de la comunidad dicho importe.

Yo veo que se llegue a un acuerdo pero veo injusto que se pague años anteriores además con recargos cuando nunca se ha propuesto en una junta antes.

Al ser esta finca privada plaza de garaje convertida en cuarto de contadores desde creo que de la construcción del edificio, no seria recomendable que la comunidad adquiera la misma en vez de seguir pagando un el IBI...? Si un día reclama la plaza el dueño que puede pasar?

215 € aprox que corresponden a  años 2016-2020, el 50% prácticamente son demoras y recargos...

No veo lesión o perjuicio grave. La comunidad no puede adquirir el inmueble, porque es un ente sin personalidad jurídica. Tendrían que comprarlo las personas que forman la comunidad. El dueño de la "plaza de garaje" no la pierde por pagar el IBI la comunidad.

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