Quien corresponde pagar reparación de caldera ?

Vivos en un piso de alquiler, el otro dia vino un técnico de repsol para la revisión obligatoria de caldera, butano, etc, de revisión nos hicieron pagar a nosotros 87 euros, los propietarios no han pagado, aunque hace 4 si lo que pagaron y esta vez no, el técnico detecto anmalais y hizo un presupuesto 200 euros, la inmobilitaria dice que nos toca pagar, propietarios no pagan, pero según he buscado por internet si la pequeña reparación es inferior a 150 euros si paga inquilino, la cual cosa no es el caso, ¿necesitamos ayuda que se puede hacer? Inmobiliaria dice que si descontamos de alquiler nos lo reclamarían, ¿qué se puede hacer?ç

3 Respuestas

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Lo paga el arrendador. Es más el tiene la obligaciôn de que el sistema de calefacción y ACS funcione a la perfección.

Leído los comentarios de otros participantes te sugiero que vayas al juzgado y pidas un "abogado de oficio".

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Pues dependerá lo que figure en el contrato

Y si en el contrato figura que cualquier avería que se produzca en la vivienda será por cuenta del inquilino, ¿cómo lo va abonar el propietario?

No es ninguna avería 

Nos puede decir que encontraron anmails, ¿qué es?

Perdón, me refería anomalías, escape de gas, no va el reductor

https://www.abogadosparatodos.net/las-pequenas-reparaciones-en-el-alquiler/

Deben ser reparaciones o sustituciones pequeñas.

El término «pequeñas» aquí se refiere al precio.

Normalmente se viene estipulando en la jurisprudencia que es «pequeña» reparación todo lo que sea inferior a 150€ siempre.

Por tanto cuando estemos bajo esa cantidad y se cumplan el resto de condiciones, entonces tendrá que pagar el inquilino.

Normalmente el inquilino abona las averías que el produzca por su mal uso.

El coste de Las revisiones si pueden imputarse al inquilino, yo así lo estipulo en el contrato, si no figura esa cláusula, lo debe abonar el propietario

En ese calentador no existe una averia, existe una fuga y no cumple normativa.

Entiendo que ya la ha abonado

no señor no han abonado nada , inmobiliaria dice que nos toca pagar , ellos no quiere pagar , nosotros no podemos ni tenemos 

¿La avería está arreglada que es lo importante?

¿O sea está pendiente de abonar?

no estar arreglada ni piensan hacerlo, nosotros no podemos pagar alquiler y encima 200 euros , nos toman por tontos porque somos extranjeros , si pasa algo la culpa será de ellos

tengo mis dudas, cuando hicieron revisión hace 4 años, cumplía normativa la caldera y ahora no lo cumple? eso no es lógico ya que es la misma caldera,  o sea antes también detectaron pero los dueños ni hicieron nada 

Pues le dice a la inmobiliaria por escrito, que si la instalación tiene una fuga y si no cumple la normativa 60670-6 y el resto de problemas encontrados no se han originado por un mal uso del calentador, se debe a que tanto el calentador como la instalación esta obsoletos y no cumplen las normativas de seguridad del

Reglamento General del Servicio Público de Gases Combustibles por Decreto 2913/1973, de 25 de octubre,

Por lo cual dado la peligrosidad de dichas anomalías, si en el plazo de 15 días dicha avería no es solucionada por parte del propietario y a su coste, emprenderá las oportunas acciones en la Dirección General de Industria y en cualquier otro estamento tanto Municipal, Comunitario o judicial.

Esa normativa es de 1999

¡Gracias! Eso sera mejor que haga un abogado ya que a m no me harán ni caso, en cuanto a calentador desde que vivimos en este piso no se tocado ni dedo esta tal cual estaba antes

Deberá hacerlo un abogado gratuito, porque si no no tiene sentido alguno, dado que puede ser más caro el abogado que la factura de repsol

abogado gratuito no existe ))

En España si

Respuesta

Para responder a su pregunta hay que atenerse a lo previsto en la Ley de Arrendamientos Urbanos, art. 21, en mi opinión, su caso, reparación de 200 euros, está en el límite incierto de pequeña/gran reparación, tendría que ser un juez quien determinara la respuesta correcta y ello puede suponer un costo judicial mayor que lo que se reclama, si gana usted sin condena en costas, se acordará de la maldición gitana "pleitos tengas y los ganes", no le digo si pierde con costas. Por ello lo mejor es aplicar el conocido y pocas veces cumplido aforismo: "Más vale un mal arreglo que un buen pleito".

Le dejo algún enlace que le puede servir:Las pequeñas reparaciones a cargo del inquilino
LAS PEQUEÑAS REPARACIONES A CARGO DEL INQUILINO (2)
LAS PEQUEÑAS REPARACIONES A CARGO DEL INQUILINO (3)
LAS PEQUEÑAS REPARACIONES A CARGO DEL INQUILINO (4)

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