Renta 2019: Nueva formula de cálculo del valor catastral del suelo

Esta es una pregunta sobre las novedades en el IRPF 2019 en los respectivo a las desgravaciones por la amortización de un inmueble alquilado.

Soy arrendador de una casa que compré por 150000 gastos incluidos. En el catastro pone que el valor del suelo son 50000 y el de la construcción 10000 (tiene 60 años). Así que hasta el año pasado yo calculaba (150000 - 50000) y le aplicaba el 3%, de forma que me desgravaba un buen pico, 3000 euros.

Este año Hacienda me obliga a meter los datos del catastro y hace el siguiente truco. Como en el catastro el 83% de la vivienda es suelo, pues considera que de los 150000 que yo pagué pues 124500 son suelo. De forma que me desgravo tan sólo (150000-124500)*0.03=765 euros.

A mí me parece que esta interpretación es una barbaridad porque en 60 años evidentemente ha habido muchas reformas de la vivienda y el suelo no puede valer tanto. La ley del IRPF pone que habrá que quitar el valor del suelo, pero no determina como se calcula.

Estoy por poner a mano la desgravación que creo que me corresponde (el sistema deja hacerlo) pero no se si ya hay jurisprudencia al respecto en caso de que me tocara ir a los tribunales. Yo no he encontrado nada porque es un tema muy nuevo.

¿Es una batalla perdida?

2 respuestas

Respuesta
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No hay una modificación en cuanto a la forma de calcular la amortización.

El problema es que usted ha estado haciendo mal la amortización. Y además ha de tener en cuenta todos los años que haya estado amortizando, pues no se puede llegar a amortizar más del valor de construcción.

Siempre ha debido usted sacar el porcentaje que corresponde a construcción según el valor catastral, que además a lo largo del tiempo puede variar. Y sobre esto, aplicar el porcentaje correspondiente al valor de la construcción de la compra, para poder amortizar.

La forma en la que usted lo estaba haciendo, solo sirve si usted compro exactamente por el valor catastral.

En cuanto a las mejoras, incrementan el valor total del inmueble, y al igual que se puede deducir las mismas, ha de tener en cuenta para la amortización.

Respuesta
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Todo dato numérico que incluya usted en su declaración de la Renta debe estar en condiciones de defenderlo y demostrarlo en el caso de que le venga una inspección tributaria. Evidentemente si se ha modificado el sistema de valoración del suelo a efectos de amortización no hay jurisprudencia sobre ello, ni siquiera consultas vinculantes.

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