Renta 2019-Herencia. Si la vivienda habitual no aparece en los datos fiscales de la viuda.

Sigo con la declaración de la renta de mi madre viuda. Para hacerlo breve lo punteo parafraseando.

1.- En la declaración de la renta del 2018 mi padre (o quien se la hiciera a mi padre) metió al mismo como Contribuyente titular del inmueble (vivienda habitual) con Porcentaje de propiedad 100% y en el resto de propiedades al 50%.

2.- Todas las propiedades de mis padres, su residencia habitual y demás son bienes conyugales al 50% de propiedad/titularidad. Aunque mi padre siempre fuese el declarante.

3.- Al descargar los datos fiscales de mi padre, él aparece como nudo propietario en su 50% correspondiente de todo y como propietario al 50% de todo durante sus días de vida del 2019. Pero en los datos de mi madre, la propiedad habitual donde residían ambos debería aparecer como su primera residencia.

4.- No hicimos escritura de aceptación de herencia, ya que había testamento y la Agencia Tributaria nos pedía tan solo un documento firmado por todos los hermanos con relación de bienes, quedando todos ellos para uso y disfrute vitalicio de mi madre, así como lo disponible en la cuenta que ellos tenían en común. Esos datos se trasladaron a Hacienda y todo aparece bien, a excepción de la vivienda habitual de mi madre.

MI DUDA:

Como tengo que hacer dos declaraciones de la renta:

- La de mi padre hasta su fallecimiento en julio-2019.

- Y la de mi madre por el periodo correspondiente que resta hasta la finalización del 2019 con la actualización de datos...

No sé si aquí puedo ya hacer la inclusión del domicilio en los términos de vivienda habitual en la declaración de mi madre como bien UR00001 y de paso ya queda registrado como la vivienda habitual de mi madre en el porcentaje que le corresponde como titular al 50% y como usufructuaria al 50%. En definitiva, saber si esta omisión, tan fundamental la puedo subsanar en la propia declaración de la renta.

Disculpad por la extensión pero así no dejo hueco a dudas...

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le ayude con su caso concreto. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico, fiscal, laboral y contable en nuestra web.

Del fallecido hay que hacer declaración individual a fecha de fallecimiento, por lo que indican, estaban en gananciales, así que todos los bienes gananciales, ha de indicar el 50% de propiedad, incluida la vivienda habitual. Si tenia bienes privativos (por herencia por ejemplo) pues como privativos en el porcentaje que le corresponda.

Y su madre ha de hacer declaración indicando la residencia habitual al 50% pero los bienes que hereda, ha de indicar el 50% en propiedad y el 50% en usufructo (desde la fecha de fallecimiento).

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