En Estado de Alarma, ¿Puedo llevar a mi hijo con su madre?

Me ha surgido la duda si con este Estado de Alarma, también queda restrigidas la visitas de mi hijo a su madre, yo vivo en Móstoles y ella en Madrid, con más miembros de su familia.

3 respuestas

Respuesta
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Qué se puede hacer y qué no en España tras las restricciones por el coronavirus

¿Puedo salir a la calle?

La recomendación general es quedarse en casa. Solo se puede salir de uno en uno -a no ser que sea para acompañar a alguien con discapacidad o problemas de movilidad- en los siguientes supuestos.

  1. Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
  2. Asistencia a centros sanitarios.
  3. Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
  4. Retorno al lugar de residencia habitual.
  5. Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
  6. Desplazamiento a entidades financieras
  7. Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  8. Cualquier otra actividad de análoga naturaleza debidamente justificada.

¿Puedo usar el coche?

Se permitirá la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades referidas en el apartado anterior o para el repostaje en gasolineras.

¿Puedo salir a correr o hacer deporte?

No, tampoco solo. No entra en uno de los supuestos justificados para salir a la calle.

¿Estarán abiertas las tiendas de alimentos, supermercados y similares?

Sí, como servicio esencial.

¿Qué otros establecimientos están abiertos?

  • Alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad
  • Establecimientos farmacéuticos, médicos, ópticas y productos ortopédicos
  • Productos higiénicos
  • Prensa y papelería
  • Combustible para la automoción
  • Estancos
  • Equipos tecnológicos y de telecomunicaciones
  • Alimentos para animales de compañía
  • Comercio por internet, telefónico o correspondencia
  • Tintorerías y lavanderías.

¿Los suministros a tiendas de alimentos y supermercados están asegurados?

Sí, la distribución alimentaria está considerada un servicio esencial y se coordina con las plataformas de distribución la llegada de productos básicos.

¿Qué normas hay que seguir para hacer la compra?

Evitar aglomeraciones y mantener un metro de distancia entre personas. Además se prohíbe consumir alimentos en las tiendas.

La permanencia en los establecimientos comerciales cuya apertura esté
Permitida deberá ser la estrictamente necesaria para que los consumidores puedan
Realizar la adquisición de alimentos y productos de primera necesidad.

¿Puedo quedar con gente en la calle?

No. El decreto recomienda salir a la calle de uno en uno, a no ser que sea para acompañar a alguien que lo necesite, por lo que no se puede quedar para socializar en la calle.

¿Puedo llevar a los niños al parque?

No. Se recomienda que los niños permanezcan en casa. De hecho en ciudades como Madrid se han cerrado los parques y las fuerzas de seguridad instan a los viandantes a que abandonen estas áreas recreativas.

Te dejamos una guía televisiva para que los más pequeños cojan el mando y aquí te damos consejos para explicarles lo que está pasando.

¿Puedo ir a ver a mi familiar / amigo / vecino a su casa?

No. Se recomienda no salir de casa tampoco para ir a visitar a amigos, ya que de esta forma se propagaría el virus y no es un supuesto que entre dentro de las excepciones de movilidad.

Pero no dejes por favor de hablar con tus seres queridos por teléfono, redes sociales, mensajes o videollamada.

¿Puedo visitar a mis familiares dependientes?

Sí, para garantizar la atención que necesiten. Este es uno de los supuestos en el que se pueden realizar visitas domiciliarias.

Soy persona dependiente. ¿La persona que me asiste podrá venir?

Sí, forma parte de los servicios esenciales que se permiten.

¿Puedo sacar a pasear a mi perro?

Sí, manteniendo las distancias y medidas de protección y seguridad.

Sacar a la calle a los animales domésticos es una de las excepciones a la restricción de uso del espacio público.

Eso sí, desde el Gobierno instan a "utilizar el sentido común", sacar a pasear a las mascotas de forma individual y que esto no se utilice como una forma de paseo.

¿Puedo ir a bares y restaurantes?

Están cerrados.

¿Puedo ir al cine o teatro?

Están cerrados.

¿La biblioteca / museos / centros cívicos están abiertos? ¿Puedo ir?

Están cerrados. Te damos alternativas culturales online para pasar estos días de confinamiento.

¿Pueden salir los periodistas a la calle para informar?

Los periodistas podrán moverse para desarrollar su trabajo y seguir informando a la ciudadanía de lo que ocurre durante esta crisis.

La información es más necesaria que nunca y es un bien de primera necesidad, por eso en eldiario. Es te informamos al minuto de todo lo que está pasando.

También permanecerán abiertos los quioscos de prensa.

¿Puedo ir a misa? ¿Se puede asistir a un velatorio?

La asistencia a los lugares de culto y las ceremonias civiles y religiosas, incluidas las fúnebres, se condicionan a la adopción de medidas organizativas consistentes en evitar aglomeraciones de personas, en función de las dimensiones y características de los lugares, de tal manera que se garantice a los asistentes la posibilidad de respetar la distancia entre ellos de al menos un metro.

A pesar de ello, la Conferencia Episcopal recomienda quedarse en casa y seguir la eucaristía a través de la televisión o la radio.

¿Los centros comerciales estarán abiertos?

No, sólo los dedicados exclusivamente a productos alimenticios, de higiene o limpieza o los espacios de los centros comerciales dedicados a estos productos.

¿Las tiendas en general pueden abrir?

No. Todos los establecimientos considerados no esenciales se cierran. Este es el listado completo.

¿Puedo comprar comida online?

Sí. El decreto permite el envío de comida a domicilio y no restringe el comercio online, telefónico ni los envíos postales.

Tengo una cita médica. ¿Puedo ir?

Si no es urgente, mejor posponerla. Aunque ir al médico es uno de los supuestos por los que están permitidos salir a la calle, se insta a dejar liberados los recursos médicos para aquellos que más lo necesiten.

¿Funciona el transporte público?

Sí. Los servicios de transporte con consideración de servicio público y que dependan de las comunidades autónomas, mantienen toda su oferta.

No obstante, se reserva la facultad tanto del ministro como de las autoridades autonómicas y locales competentes para que "establezcan un porcentaje de reducción de los servicios, un otras condiciones específicas de prestación, si la situación sanitaria así lo aconseja".

¿Funcionan los trenes de cercanías?

El Ejecutivo mantiene por el momento al 100% en los servicios de cercanías de Renfe.

No obstante, el ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos, queda habilitado para modificar estos porcentajes o fijar "condiciones específicas".

En el caso de los Cercanías, la variación del servicio tendrá en cuenta "la necesidad de garantizar que los ciudadanos puedan acceder a sus puestos de trabajo y a los servicios básicos en caso necesario".

¿Y el resto de transportes?

Los de media distancia quedan al 50%. En cuanto a los traslados entre la Península y los territorios no peninsulares y las islas, se establecerán unos "criterios específicos".

En Renfe, que ha anulado los billetes comprados hasta ahora, la ocupación de cada uno de los coches que circule será del 30% para extremar las medidas sanitarias de distancia entre viajeros, por lo que la reducción global de plazas será, según calcula el Ministerio de Transportes, cercana al 85%. En algunos casos, la ubicación de los viajeros tendrá que ser llevada a cabo por los interventores de los trenes.

[Más información]

¿Puedo salir de la ciudad en la que estoy?

La recomendación es no salir de casa y evitar los desplazamientos. Estos quedan solo permitidos para los supuestos de primera necesidad, como desplazarse a otra ciudad para cuidar de una persona dependiente, pero no para ir a nuestra residencia de vacaciones, a la playa o la montaña.

¿Cuánto va a durar esto?

De momento estas medidas tienen vigencia durante 15 días, aunque podrán "prorrogarse con la autorización del Congreso si fuera necesario".

No se sabe cuál será la duración de la crisis. Así que de momento, paciencia y cumple las recomendaciones de las autoridades para ayudar a frenar la propagación del virus.

¿Me pueden multar si me salto estas normas?

Sí. El incumplimiento o la resistencia a las órdenes de las autoridades competentes en el estado de alarma puede conllevar penas de hasta cuatro años de cárcel y multa de 600 a 30.000 euros.

Tengo síntomas, ¿qué hago?

En esta guía respondemos todas las dudas sobre los síntomas del coronavirus y qué pasos debes de seguir si sobre todo notas fiebre, tos o dificultades respiratorias.

Links de interes

https://www.eldiario.es/sociedad/puede-hacer-restricciones-coronavirus_0_1005799989.html

Gracias, pero mi duda entra si ha ser un tema de custodia, ya que su madre y yo estamos separados, me refiero en concreto a la obligación que tengo de que su madre vea a su hijo. Me imagino que debido al Estado de Alerta esto queda suspendido(la obligación de visitas del menor con su madre).

Gracias de nuevo

Los padres con custodia compartida podrán salir a la calle para recoger o dejar a los hijos

En el resto de casos, los ciudadanos solo podrán circular "de manera individual" para comprar alimentos, productos farmacéuticos, acudir en centros sanitarios o financieros, ir a trabajar, o para cuidar a personas mayores

Protección Civil ha informado este domingo que las medidas decretadas para frenar la pandemia del coronavirus COVID-19 permiten a los padres separados o tutores con custodia compartida circular para recoger o dejar los menores a su cargo.

El Gobierno central aprobó ayer un real decreto por el cual se declara el estado de alerta durante un plazo de quince días prorrogables, durante los cuales los ciudadanos solo podrán circular "de manera individual" para comprar alimentos, productos farmacéuticos, acudir en centros sanitarios o financieros, ir a trabajar, o para cuidar de personas mayores o de colectivos vulnerables.

Protección Civil en Catalunya ha precisado hoy en las redes sociales que el citado decreto permite también ir a recoger o dejar menores a cargo de progenitores o tutores con custodia compartida.

Links de interes

https://www.diaridetarragona.com/noticias/Los-padres-con-custodia-compartida-podran-salir-a-la-calle-para-recoger-o-dejar-a-los-hijos-20200315-0022.html

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Puedes hablar con ella si estais todos bien es lo mas sensato dejar todo tal cual, ella tendrà tiempo de verlo, no se sabe con quien estubo ella estes dias, para y por el menor dejarlo contigo. El otro dia le transmiti el mismo consejo a una madre. En estes momentos solo importa la salud.

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Hoy mismo se ha comunicado ese tema al respecto en los telediarios, en internet también lo puede usted mirar, y en los periódicos.

Ha dicho el presidente que :

Como no se paralizan los trámites de derechos de visitas, custodias, etc en temas de divorcios, de custodia de niños, de régimen de visitas, manutención etc

Pues los padres o madres en esta situación pueden salir y coger el coche para llevar al hijo/a a casa de su progenitor/a 

Aconsejan ir en coche y no coger el transporte público para esta acción.

Quién no posea de vehículo propio pues deberá coger un taxi, Uber, Cabify, o q le lleve otra persona con vehículo.

Pero también han explicado en la TV que sólo sería salir para llevarlo al domicilio y dejarlo en la puerta ante la vista de la otra u otro progenitor que lo recoja.

Y volver rápidamente al domicilio.

Además en Madrid capital hay policía de la une

Q pueden pararte y pedirte la documentación y la razón de porque estás en la calle.

De hecho donde yo vivo en Moncloa ya hay dos coches de policía en la misma calle y a todo el mundo q ven con perros, o con bolsas o pasando x allí los están parando y pidiendo DNI etc

A mi me pararon y tuve que demostrar con mi tarjeta profesional sanitaria que iba a trabajar al Gregorio Marañón

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