Multa por exceso de velocidad ,guardia civil de tráfico

Fui a recoger a correos un certificado de multa de DGT por exceso de velocidad. En correos me dijeron que ya no estaba, que pasaron los días para ir a recogerla. Luego recibí una carta ordinaria de la Dirección Provincial de Trafico. Contenido : Aviso de publicación en el TEU (BOE) por veinte días . Identificar al conductor, fotos de la matrícula del rádar móvil a 76 km/hora . En carretera según trafico regulada a 50 km/hora.  En el TEU expone retirada de 2 puntos, el importe de la sanción no lo expone. Por internet pasé mis datos como propietario y conductor implicado en ese exceso. La foto con la matrícula expone la velocidad con efecto de multa a 76 km/hora. En el mismo expediente también expone circular a 76km/hora  en tramo regulado a 50km/hora. Me identifiqué en plazo estipulado en el TEU. Ahora espero recibir la notificación del importe sanción y retirada de 2 puntos con el 50% menos si la pago en 20 días .

El caso es que y lo puedo ratificar con los documentos enviados, fotos y expediente ( TEU ), Tráfico se saltó la legalidad vigente de descontar y aplicar el margen de error establecido. En este caso circular a 76 km./ hora . Velocidad inferior a 100 km/hora . Entiendo que Tráfico legalmente debería descontar, 7km/hora ( radar móvil ) . Entonces la sanción habría que exponerla en su velocidad de : 69 km/hora . Y sin descuento de los dos puntos . Y la velocidad establecida a los 69 km/hora `. Entiendo que la multa seria de 100 euros y sin retirada de puntos . Pagándola en ese plazo de 20 días pues quedaría en 50 euros.

Por favor, me pueden echar una mano . Si tengo razón, presentar el recurso y pedir la nulidad . Pues algunos juzgados anularon multas de tráfico por no aplicar el coeficiente reductor de los radares .

El viernes fui a la oficina de tráfico, y el funcionario me informó que en los próximos días recibiría, después de identificarme como conductor el expediente por correo certificado . Le pregunté el importe de la sanción y me dijo: 300 euros y 2 puntos . Le enseñé la foto donde marca los 76 km. Hora y el expediente que marca los mismos . Sin efectuar el descuento del margen de error . Y que entonces la sanción legal no compartiría pérdida de puntos y con pronto pago ( 69KM/hora), de 100 euros . Quedaría en 50 euros . El funcionario me dijo que una vez recibida si la pagaba quedaría en 150 euros . O presentar un recurso, exponiendo el caso del margen de error .

1 respuesta

Respuesta

Solamente usted puede valorar si le merece la pena la reducción por pronto pago o recurrir la sanción.

Añade tu respuesta

Haz clic para o
El autor de la pregunta ya no la sigue por lo que es posible que no reciba tu respuesta.

Más respuestas relacionadas