¿Como seguir con una reclamación si el cadastro no se pronuncia?

Les escribo porque tenemos una casa con patio que no consta registrado en el registro de la propiedad ni en nuestra escritura. No nos dimos cuenta del error hasta que heredamos la casa y la vecina dijo que el patio era suyo. Los vecinos no tienen ni han tenido nunca acceso a este patio, pero en el catastro actualmente queda delimitado dentro de su propiedad.

Resumiendo: después de mucho investigar y recabar información, conseguimos una ficha catastral antigua donde el patio constaba como nuestro, y hasta el año 2012 en la inscripción del registro de la propiedad de los vecinos no constaba ni la superficie de su casa ni el patio (era de superficie ignorada). Cuando la vecina heredó su casa en 2012 aprovechó para rehacer la escritura usando la ficha de cadastro que sacó de internet y se incluyó el patio en la escritura, haciendo constar así la superficie. De hecho, así me lo confirmó ella cuando hablamos del asunto, que como nadie viía en la casa, pues lo incluyeron.

El pasado mes de diciembre solicitamos a cadastro que modificaran la ficha catastral y nos dijeron que teníamos razón nosotros (aportamos la ficha antigua y fotos donde se ve que ellos nunca han tenido acceso al patio), pero ahora resulta que la vecina ha aportado pruebas (la escritura de su casa) y en catastro nos dicen que como no ha sido acuerdo amistoso no se pueden pronunciar y que debemos ir a juicio. ¿Nos pueden aconsejar?

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Se dice catastro, no cadastro. Todas las palabras derivadas también (vgr.: "catastrar"). Lo primero que tienen que hacer es hacer escrituras públicas de su propiedad e inscribirlas en el Registro de la Propiedad. Una vez hecho esto, pueden empezar la pugna con la vecina.

Gracias por la corrección gramatical. Nuestra casa está escriturada, pero por error el patio noconsta. De eso se aprovecharon los vecinos. Lo que sí tenemos es la ficha catastral antigua, donde se veía que el patio era nuestro, y que no constaba en el registro de la propiedad de los vecinos.

El catastro es una mera oficina fiscal que está orientada a configurar el IBI. Por mucho que esté coordinado con el Registro de la Propiedad, no tiene jurídicamente la trascendencia de este último. Si usted tiene registrada la casa sin patio desde el principio, así se quedará, puesto que a la hora de la verdad carece de importancia que en su día el catastro tuviese eso catastrado a nombre de uno o de otro, sino que lo que importa es que el Registro de la Propiedad históricamente recogiese el patio.

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