Puede mi padre reclamar herencia como hijo póstumo

Mi padre fue hijo póstumo, su padre falleció antes de que él naciera. Aún así, al estar sus padres casados, es hijo legítimo y, por lo tanto lleva el apellido de su padre. Me consta que la familia de mi abuelo no quería que se casase con mi abuela, por lo que cuando murió mi abuelo, no voliveron a tener relación con mi padre (salvo alguna tía, cuando ya era adulto). Sabemos que se trataba de una familia con bienes y propiedades, pero nunca más se supo. Mi pregunta es, si mi padre, después de tantísimos años, podría reclamar la herencia que le pertocaba por vía paterna.

2 respuestas

Respuesta

Efectivamente, si es hijo legitimo a todos los efectos (reconocido), es heredero legal de los bienes de su padre (junto con el resto de hijos legítimos, de haberlos).

Independientemente del tiempo transcurrido y del testamento, los hijos tienen derecho a un tercio de legitima, mas un tercio de mejora (si es el único descendiente), en el caso del Código Civil español. Según la Comunidad Autónoma puede variar.

Gracias por la respuesta.

Ahora me surgen dos dudas:

1. Hace mucho tiempo que mi padre no tiene ningun tipo de relación con su familia paterna y, la verdad, no sabemos ni donde viven. Entiendo que a mi padre le correspondía la parte de la herencia de su abuelo que debía heredar su padre. ¿Esto es reclamable? Nunca nadie se puso en contacto con él cuando fallecieron sus abuelos, con lo que entiendo que no se le mencionaba en la herencia.

2. En caso de poder y querer reclamar su parte de la herencia, a quien habría que reclamarséla si, posiblemente, ya se repartió en su momento.

Muchas gracias.

Debería ser imposible el reparto de una herencia sin el concurso de todos los herederos legítimos, pero obviamente el notario no es omnisciente.

Como en cualquier otra herencia, el primer paso es solicitar el Certificado de últimas voluntades para verificar si había testamento o no. En caso de haberlo, aparece la notaría donde se efectuó el reparto. En caso de no haber testamento, la cosa es mas complicada y a mi me sobrepasa, no sabiendo los pasos.

En cualquier caso, si la herencia fue repartida en su momento, no queda otra que acudir a un profesional (abogado) que revise el caso y emprenda las acciones legales necesarias.

Los hijos tienen derecho al menos a un tercio de la herencia (entre todos), y de no existir testamento, a los otros dos tercios.

Respuesta

Mejor pasáis el asunto a un abogado. El no ya lo tenéis.

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