Prescripción para reclamar herencia vivienda.

Vivo en Cataluña. Hace algo mas de seis años mi madre nos dejó en herencia una vivienda, a un total de seis beneficiarios, pero a mí me dejó como único usufructuario vitalicio. Yo habito en la vivienda y he aceptado la herencia de manera tácita, poniendo todo a mi nombre, IBI, Comunidad, electricidad, etcétera, aunque aún no la he aceptado ante la Agencia Tributaria.
Los otros cinco beneficiarios de la herencia no han aceptado la herencia en todo este tiempo ( más de seis años ) y según creo existe una ley que dice que si pasados cuatro años desde el plazo para aceptar la herencia habiendo un usufructuario, los beneficiarios no la han aceptado, el usufructuario tiene derecho a reclamar la totalidad de la herencia, o sea, a registrar la vivienda como suya.
Si esto fuese cierto, lo que agradecería es saber cual es el proceso legal para reclamar la vivienda como propietario único. Tengo alguna idea, y creo que hay que solicitar a los otros beneficiarios que declaren expresamente que no han aceptado la herencia. El problema es que los otros beneficiarios viven en lugares diferentes, de alguno no se el domicilio, alguno vive en el extranjero, no hay ningún tipo de relación entre ellos, incluso pueden poner todas las dificultades del mundo para colaborar en un proceso de esta naturaleza.

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