¿Puede un juzgado embargar el 100% de una declaración conjunta con separaciones de bienes?

Que me han embargado el juzgado el 100% de la declaración conjunta de este año. Es una deuda civil, contraída por un banco en calidad de avalista (firme a mi padre para la compra de un apartamento y este dejó de pagar el apartamento, el banco expropio pero la deuda para los avales sigue y se ve que ya este año los juzgados mandaron notificaciones ha hacienda y está ha ingresado todo el irpf al juzgado). La pregunta es, si teniendo separaciones de bienes el juzgado puede embargar el 100% del irpf o sólo el 50%. Evidentemente la deuda es contraída después de hacer las capitulaciones matrimoniales. Desde que tenemos un hijo en común y la hipoteca siempre hemos la declaración conjunta y nunca había pasado nada, pero esté año nos hemos topado con este problema.

¿Se puede hacer algo en el juzgado?, en caso afirmativo me gustaría saber que documentación tendría que aportar, además de las capitulaciones matrimoniales y la carta de hacienda. Yo estoy en paro desde el 2015 y el irpf es todo de mi cónyuge. Cuáles serían los procedimientos que tendría que seguir.

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Su cónyuge tendría que impugnar ese embargo demostrando ante el juzgado que la devolución de IRPF corresponde a retenciones que le han sido practicadas a su nomina.

Qué tipo de documentación tendría que aportar?, declaración de la renta?, mi vida laboral actual?...mañana voy a ir yo que soy la persona embargada para solicitar información. Hay alguna probabilidad de que levanten la orden de embargo y recuperar al menos el 50%?

Todo depende de cómo lo planteen en el Juzgado.

Según usted, ¿cuál sería la mejor forma de planteárselo al juzgado?, yo actualmente estoy sin trabajo desde el 2015, el irpf es íntegro de mi cónyuge y sólo contamos con su nómina. Tenemos un niño en común e hipoteca, no percibo ningún tipo de ayuda económica, no tengo rentas ni prestaciones económica alguna, como verá, ni siquiera podría permitirme contratar un abogado, y uno de oficio tardarían meses en asignármelo. Contábamos con la devolución para el comienzo del nuevo curso de nuestro hijo y ni quisiera eso, no sé que hacer.

Ponga un escrito al juzgado, firmado por su mujer, solicitando la devolución de ese dinero y razonando en el escrito que ese dinero procede de la devolución de las retenciones practicadas en su nómina, demostrándolo con el certificado de retenciones de la empresa y la declaración de la renta.

Mil ¡Gracias!, espero tener suerte

Pues no nos han dejado ni siquiera opción de presentar ningún escrito, directamente nos han dicho que no. Que al hacer la declaración conjunta es un computo por el total y que por eso hacienda da la opción de hacerla conjunta o individual...yyyy que cómo no estaba en una situación precaria no se hablandaban. Vaya mierda de país tenemos, que tenga que pagar mi cónyuge una deuda de su suegro por haber firmado como aval...esto es increíble.

Lo siento pero entiendo que deberían haberles admitido el escrito aunque luego se lo denieguen, razonando jurídicamente

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