Ingreso jubilación en enero - devengo diciembre

Me reconocieron la jubilación el 18/12/2017, por lo que he recibido en enero el cobro de mi pensión de jubilación correspondiente al periodo del 18/12 a 31/01. En el año 2017 la S.S. No va a informar ningún ingreso a la AEAT y informará en 2018 todo el importe. Agradecería que me informaran si sería correcto declarar la parte proporcional del periodo 18-12 a 31/12 de 2017 (haciendo yo el cálculo) en mi declaración de la renta de 2017 aunque no lo informe la S.S. A la AEAT y luego descontarla de la cantidad que informe la S.S. En la declaración de la renta del año 2018. Ahora supongo que la AEAT no diría nada por incluir un importe mas alto, pero ignoro si la AEAT no aceptaría la declaración del año 2018 por no coincidir con la S.S. Y me sancionara ese año.

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Dice que en enero cobró la jubilación correspondiente al periodo del 18/12 a 31/01 por lo que ya no es necesario ningún cálculo, directamente ha de poner este importe en la renta.

Gracias por contestar, pero el incluir en la renta del año 2017  esos 13 días de diciembre haciendo yo el cálculo es porque la declaración del año 2017 me sale mucho mas favorable que si los incluyo en la declaración del año 2018.  La pregunta es si Hacienda me sancionará o no. Gracias de nuevo.

Si hacienda lo detecta hará una liquidación provisional corrigiendo el error y solicitará el recargo correspondiente

Gracias de nuevo, pero yo creo que el importe de  esos 13 días al estar devengados en el año 2017  los puedo incluir en la declaración de la renta del año 2017. El problema surgirá en la declaración del año 2018 que me los deduciré y posiblemente Hacienda me haga la complementaria. Cree Ud. que Hacienda no aceptará mis argumentos cuando recurra.

Bueno cuando hacienda haga la complementaria de 2018 debe mostrar que lo incluyó en 2017 que es cuando devengaban esos importes.

Para ir bien, cuando la seguridad social lo declare en 2018 debe indicar que ese importe corresponde a 2017

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