Herencia cuando hay un hijo de otro matrimonio

Quería saber como se reparte la herencia en caso de fallecimiento de los cónyuges en mi caso que estamos en bienes gananciales, yo tengo un hijo de otro matrimonio y tenemos dos hijos en común. Mi marido tiene una casa comprada antes de casarnos pero la ha terminado de pagar en el matrimonio y tenemos otra casa en común.

Y también me gustaría saber que pasa si en vida vende la casa suya y nos compramos otra, ¿pasa a ser ya de los dos?

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Vayan a otorgar testamento ambos a la notaría, de conformidad con lo que quieran para después de su muerte. En el caso de que mueran sin testamento, el 100% de la propiedad va para los hijos, que se lo reparten a partes iguales, y sobre el 33% de esa propiedad el cónyuge superviviente tiene derecho a gravar un usufructo que se puede redimir pagando una cantidad. Si alguno de ustedes muere sin testamento, se producen por ministerio de la ley dos hechos: la disolución de la sociedad matrimonial (y por tanto la individualización de la que le corresponde a cada cual) y la distribución de herencia en los términos que se ha dicho. Esa casa que acabó de pagar el matrimonio es en parte privativa y parte perteneciente a la sociedad matrimonial, por lo que si se vende, el dinero obtenido no sería íntegramente privativo, sino en proporción a la cuota de propiedad de la vivienda por parte del esposo y por parte de la sociedad matrimonial.

Perdona no he entendido bien, te hago unas preguntas concretas a ver si así me aclaro (yo no entiendo de estas cosas) 

1.si yo falleciese ahora mi hijo nacido de otro matrimonio que herencia tendría? Ya sabes tenemos una casa que compró mi marido y termino de pagar en el. Matrimonio y otra en común. 

2. Y si vende la casa y compramos otra? 

Gracias

Está usted mezclando dos asuntos totalmente distintos, como son la materia de sucesión y la matrimonial. La primera cuestión (los derechos hereditarios de unos y otros) se ejecuta sobre la parte identificada como propia de un difunto. Para saber cuál es la parte de cada uno de los esposos, primero hay que disolver la comunidad de gananciales. Una vez que el cónyuge viudo tenga identificada su parte, sobre la misma operan los herederos. Si usted muere sin testamento, todos sus hijos heredarán a partes iguales el 100% de las propiedades que usted tenga en el momento de su muerte, sea cual sea la forma del matrimonio y los hijos habidos con uno u otro hombre; porque resulta irrelevante los matrimonios que hayan tenido los padres: todos los hijos son iguales y heredan lo mismo. Para saber cuál es la parte que se repartirían, es decir, lo que le correspondería a usted, hay que hacer operaciones particionales de una liquidación de la sociedad matrimonial. Si la sociedad ha comprado parte de una casa (que empezó siendo privativa de uno de los cónyuges) por haber abonado con cargo a fondos matrimoniales por ejemplo el 30% del valor de la casa, entonces usted al final, después de la liquidación, tendría el 15% de esa casa, y eso sería lo que se repartirían sus hijos a partes iguales. Hágame caso: vayan a hacer testamento al notario, y hagan una escritura de aportación de parte de esa vivienda a la sociedad de gananciales en la proporción que corresponda.

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