Si renuncio a la herencia de mi padre, que ya ha fallecido, pierdo los derechos de herencia futuros de mi abuela paterna.

Mi padre falleció hace dos años, y dejo muchas deudas, en su tiempo nos aconsejaron dejar las cosas como estaban, pero va pasando el tiempo y nos las van reclamando. Multas de trafico, creemos que hacienda...

Mi abuela paterna, es decir la madre de mi padre, dispone de propiedades y dinero, es decir que previsiblemente habrá una herencia a repartir.

Mi pregunta es, ¿si renunciamos a la herencia de mi padre, por el tema de las deudas, perdemos los derechos de herencia de mi abuela?

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Las cuestiones de herencia son muy complejas y hay que estudiar el caso concreto e incluso la posible legislación especifica de la comunidad autónoma. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico en nuestra web.

Para empezar, el no renunciar cuando hay deudas, significa que pueden reclamarles a todos los herederos (comunidad de herederos de la herencia yacente) y por lo tanto, no suele ser una buena solución. Pero hay que estudiar su caso concreto y como realizar la renuncia.

En cuanto a la sustitución de ustedes en la intentar de su padre (pre-muerto) en la herencia de su abuela, hay que estudiar el caso concreto y especial importancia tiene si su abuela ha hecho testamento y como lo ha hecho... Normalmente si podrán ser considerados herederos en sustitución de su padre en la herencia de su abuela.

Muchas gracias por su respuesta. La Comunidad autónoma es Madrid. Y creemos ( mi hermano y yo) que nuestra abuela no tiene hecho testamento. Su herencia seria a herederos legales. 

Entonces nuestra duda era esa, que si al renunciar a la herencia de mi padre, por el tema de las deudas, perdiamos la herencia de nuestra abuela por defecto. 

Pero como dice es un tema complicado y creo que debemos consultar a un abogado del tema

El creer, no es lo mismo que es saber... Por lo tanto, ante un caso así, es posible que deban hablar con su abuela lo primero, para ver si esta dispuesta ha realizar testamento o si ya tiene hecho uno...

En Madrid no hay legislación civil especifica de sucesiones, por lo tanto, se aplica la general. Y en nuestra opinión si podrían heredar, pero habría que estudiarlo.

Agradecemos valoración de la respuesta. Gracias

www.abogadosdo.es

www.aboadosedo.com

Buenos días, comprendo lo que me dicen.

Una última duda ante la ignorancia sobre este tema. Si nosotros como hijos y mi madre renunciamos a la herencia de mi padre por qué hay deudas. Esas deudas se siguen reclamando a mis hijos o a mi abuela ( madre del difunto).

Como ya le hemos indicado, las herencias son complejas.

El tema de sus hijos, hay diferentes criterios... en determinados casos, hay interpretaciones que dicen usted no puede renunciar a la legitima de sus hijos... y en otra que si puede...

En cualquier caso, la madre del difunto si es heredera legal y en caso de renuncia de ustedes, si le podrían reclamar a ella, pues entendemos sigue viva.

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