Privacidad cámaras de vigilancia en el trabajo

Trabajo en el servicio de limpieza de un instituto publico, para el gobierno de mi comunidad.

Trabajamos por la tarde cuando no hay gente en el instituto

Tras la vuelta de navidades nos hemos encontrado con que han puesto cámaras por todos lados. Tanto por fuera enfocando a las puertas (también salen las casas de vecinos), como por dentro enfocando a pasillos, puertas interiores y demás.

Tienen acceso a las imágenes tanto en directo como grabadas dirección y secretaría del centro, así como los conserjes y demás,

Mi pregunta es si eso es legal, es decir, que nosotros estando trabajando, puedan vigilarnos la dirección del centro a su antojo y cuando quieran, ¿o pueden revisar las cámaras todos los días y las veces que quieran?

Hemos leído por ahí que la revisión de las imágenes solo puede hacerlo la policía en caso de que ocurra algo y bajo orden judicial

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El tema de las cámaras de vigilancia es complejo y más si hay implicados menores de edad... Por lo tanto, deben ponerse en manos de un experto que les estudie su caso concreto.

El instituto tendrá un documento de seguridad donde figure las personas que pueden ver estas imágenes, que son de seguridad y por lo tanto, pueden ser revisadas sin problemas por el personal autorizado.

Las cámaras deben estar anunciadas con el correspondiente cartel, donde se indique como ejercer sus derechos ARCO y estas imágenes no pueden enfocar a los vecinos o en los WC por ejemplo. Además han de ser borradas cada cierto tiempo.

www.abogadoeso.com

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