Declaración ingreso y gasto IVA vehículo tras cese de negocio

Soy autónomo y estoy dado de alta como agente comercial. Hace 25 meses me di de alta y adquirí un vehículo a través de un contrato de leasing a 60 meses cuyo IVA estoy desgravando mensualmente al 50%. Hace 6 meses que compatibilizo esta actividad con un trabajo fijo que me requiere mucha dedicación así que ya no puedo simultanear porque no soy capaz de generar ingresos/negocio. Estoy pensando en ahorrarme la cuota de autónomo y la cuota del leasing, es decir, darme de baja de autónomo, cancelar el leasing y vender el coche a una empresa de compra venta que me haría la operación conjunta. Mi pregunta sería: entiendo que la cancelación leasing y venta del vehículo tengo que hacerla siendo todavía autónomo y entonces... ¿cómo tengo que declarar el IVA del ingreso del compraventa?. ¿Y cómo tengo que declarar el IVA del gasto por la cancelación del leasing?.

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Me sorprende que como Agente comercial epigrafe 511, haya deducido solo el 50%, cuando es uno de los supuestos de admisión al 100% art. 96 Ley del Iva, si el vehiculo no es de perfil alto, no debería de tener problemas con deducir al 100%.

En contestación a su consulta debe facturar a la empresa de compraventa con el 50% de Iva. Ejemplo, si valoran sin impuestos en 4000 euros, usted hace una factura como sigue:

Importe del vehiculo: 4000 Euros

Base imponible al 0% : 2000 Euros

Base imponible 21%: 2000 Euros

Iva 21% : 420 Euros

Total factura... 4420 Euros.

La factura la hace como autónomo. Los gastos del leasing será deducible el 50%, siguiendo el criterio que ha seguido desde el principio.

Si el vehículo es su único activo, su transmisión podría pensar que se engloba en el art 7 de la ley del Iva, como operación no sujeta, y por tanto sin Iva, pero desde el momento que la afectación es parcial, se nos caería dicha posibilidad.

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