Préstamo entre familiares sin interés para adquisición de vivienda. Prestamista fallecido.

Mi marido tiene un préstamo familiar sin interés para adquisición de vivienda familiar, firmado en contrato privado entre su padre y él. Ambos estaban casados en ganancias cuando lo firmaron pero no incluyeron en el contrato explícitamente a sus mujeres. Mi suegro, el prestamista, ha fallecido. Al realizar la escritura de adjudicación y repartición de herencia olvidaron incluir este préstamo. Mis preguntas son: ¿Podemos seguir pagando las cuotas del préstamo por transferencia en la cuenta unititular de mi suegra, como heredera de su marido, aunque ella no figure como prestamista? O ¿Conviene realizar algún trámite adicional con Hacienda o en el notario para que conste expresamente como prestamista la viuda heredera?

1 respuesta

Respuesta

ya le han contestado en su exposición anterior: https://www.todoexpertos.com/preguntas/89plpgnu9uthaj6r/prestamo-familiar-sin-interes-para-adquisicion-vivienda-habitual-prestatario-fallecido

Hola, pero en la consulta anterior por error pude que el fallecido eres el prestatario y ahora en esta consulta lo he puesto correctamente, el fallecido es el prestamista, no me vale la respuesta anterior. Agradecería me contestasen. Un saludo.

La respuesta anterior sí le sirve. El Sr. Santos respondió interpretando que el fallecido era el que había prestado el dinero, como en efecto sucedió.

Fíjese que le dice que "cada heredero tiene el derecho a recibir el dinero en la misma proporción de herencia que le haya correspondido". Es decir, que el dinero que había que devolver a su suegro (QEPD), ahora debe ser devuelto a sus herederos.

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