¿Por qué aparece la vivienda habitual en el apartado "Bienes inmuebles no afectos a AAEE ...?

Tengo una vivienda en propiedad al 50%. El otro 50% es de mi hermano. La tengo asignada como vivienda habitual ya que resido en ella. No así mi hermano que está trabajando en otra comunidad autónoma. El caso es que si la vivienda la tuviese en propiedad al 100%, está no figuraria en el apartado "Bienes inmuebles no afectos a AAEE, excluida la vivienda habitual e inmuebles asimilados" de la declaración. Sin embargo al tenerla al 50% en propiedad aparece asignada. ¿Es normal que aparezca asignada en el apartado "Bienes inmuebles no afectos a AAEE ..." teniendo en cuenta que es vivienda habitual?

Respuesta
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Eso es debido a algún tipo de error en los datos generados por Hacienda. De ahí la recomendación de siempre revisar el borrador antes de confirmar. El caso es que debe figurar en el apartado de vivienda habitual al 50% de propiedad y no aparecer en ningún otro apartado, debes borrar el registro que aparece en inmuebles no afectos a actividades económicas.

Dentro del apartado "Bienes inmuebles no afectos a AAEE, excluida la vivienda habitual e inmuebles asimilados" hay otro sub-apartado que es ""BIENES INMUEBLES/RENTAS DE INMUEBLES A DISPOSICIÓN DE SUS TITULARES, ARRENDADOS O CEDIDOS A TERCEROS"". ¿Ahí no tiene que aparecer para nada la vivienda habitual, entonces?

No, tampoco debe aparece ahí la vivienda habitual. En ese apartado sólo se ponen las segundas residencias, alquileres...

¡Gracias!. Tendré que modificar la declaración entonces. También la de mis padres que tienen vivienda habitual al 50% cada uno y también les aparece en asignada en el apartado "BIENES INMUEBLES/RENTAS DE INMUEBLES A DISPOSICIÓN DE SUS TITULARES, ARRENDADOS O CEDIDOS A TERCEROS."

Por cierto, una última duda. Mi hermano que tiene el 50% pero no reside en ella por estar trabajando fuera ¿tendría que asignarla en "Bienes Inmuebles/Rentas de Inmuebles a Disposición de sus Titulares, Arrendados o Cedidos a Terceros."?

En el caso de tu hermano, sí que debe incluir esa vivienda en un porcentaje del 50% que tiene en propiedad, dentro de ese apartado como inmueble a disposición de sus titulares.

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