Contabilizar gastos de años anteriores

Tengo que contabilizar en el ejercicio 2016 30.000 Euros de gasto de alquiler del ejercicio 2012 que en su día no se declaro, se ha hecho en 2016, se que tengo que hacer el asiento 113 a 4751,

La pregunta es si tengo que hacer un ajuste extra contable de -30.000 Euros.

Respuesta
1

No entiendo a que te refieres con ajuste extra contable.

Sobre ese asiento contra la 113, no te olvides de explicarlo en la memoria. Si no lo contabilizaste en su momento,, ¿qué hiciste con el iva y las retenciones? Tal vez lo mejor sea hacer complementaria y contabilizarlo a su cuenta real

Buenas, a ver IVA no hay porque es en Melilla, no habido retenciones ni nada en 2012, es decir, no se declaro el alquiler. Hubo una inspeccion y se tuvo que hacer el año pasado, entonces, en 2016 se pasaron por banco esas retenciones que suman un total de 30.000 que los tengo contabilizados en la cuenta 4751 a 572.

Entonces para saldar la cuenta 4751 he hecho el asiento 113 a 4751 que debo reflejarlo en la memoria como bien dices.

pero al tratarse de gasto de alquiler, que es un gasto deducible, puedo deducirmelo ahora en 2016, y al resultado restarle ese gasto que en realidad es del 2012 pero que no se dedujo en su día. Gracias

Perdona, igual estoy un poco espesa hoy, pero sigo sin entenderte. Si recibiste una inspección, al cierre de la misma tendrías que contabilizar exactamente esa resolución. Con su correspondiente multa o sanción. Si contabilizaste como dices el alquiler en ese momento, ya te lo has deducido ( al llevarlo a su cuenta de gastos) y la retención la deberás de haber pagado, por lo tanto la cuenta 4751 se quedaría salada ya. El dinero del pago de ese alquiler salió de la empresa, al contabilizar el alquiler se saldan todas las cuentas implicadas. No entiendo como tienes saldo el cuenta acreedora de Hacienda, la verdad

No puedo ayudarte más, porque creo que algo no se ha contabilizado bien. ¿Cómo te cuadra la cuenta del Banco con esos pagos de alquiler sin contabilizar?

Creo que no me explicado bien, a ver si lo hago mejor ahora:

En 2012 no se contabilizo ni el gasto del alquiler, ni se ingresaron las retenciones del mismo, entonces, en 2016 ingresamos esas retenciones que tenia que haber ingresado en 2012, por 30.000, entonces cuando se pasaron los modelos 115 en el 2016, hice el asiento 4751 a 572.

Además de los recargos que también se pasaron por banco, unos 8.000 que los contabilice en la cta. 678. Entonces la cuenta 4751 en este 2016 tiene un saldo en el debe de 30.000 ( que son las retenciones que tenía que haber ingresado en 2012, pero que se pagaron en 2016), lo normal para saldar esta cuenta es la 621, pero como el gasto es del 2012 pues no puedo usarla en el ejercicio 2016, entonces la he saldado con la 113, y mi duda es ya que en 2012 no he contabilizado el gasto del alquiler, ¿si ahora en 2016 puedo deducirmelo y hacer un ajuste extra contable?

El gasto te lo puedes deducir y debías haberlo hecho en el año 2016, contabilizando el alquiler en su cuenta, no entiendo como pagas retenciones sin contabilizar el gasto. Extra contablemente no puedes hacer mucho, porque has llevado esos 30000 euros al patrimonio neto, convirtiéndolos en reservas. Yo personalmente revertiría ese asiento y contabilizaría al día de hoy ese alquiler, saldría la cuenta de manera correcta y así te lo desgravas normalmente, sin tocar patrimonio neto ni nada de eso. Si lo que quieres es desgravarlo no tiene sentido hacerlo extracontablemente, hazlo en la contabilidad. Y guarda la resolución de Hacienda como explicación al hecho

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