Creo que no me explicado bien, a ver si lo hago mejor ahora:
En 2012 no se contabilizo ni el gasto del alquiler, ni se ingresaron las retenciones del mismo, entonces, en 2016 ingresamos esas retenciones que tenia que haber ingresado en 2012, por 30.000, entonces cuando se pasaron los modelos 115 en el 2016, hice el asiento 4751 a 572.
Además de los recargos que también se pasaron por banco, unos 8.000 que los contabilice en la cta. 678. Entonces la cuenta 4751 en este 2016 tiene un saldo en el debe de 30.000 ( que son las retenciones que tenía que haber ingresado en 2012, pero que se pagaron en 2016), lo normal para saldar esta cuenta es la 621, pero como el gasto es del 2012 pues no puedo usarla en el ejercicio 2016, entonces la he saldado con la 113, y mi duda es ya que en 2012 no he contabilizado el gasto del alquiler, ¿si ahora en 2016 puedo deducirmelo y hacer un ajuste extra contable?