Que prevalece en la descripción de una finca, la descripción del catrastro o la del registro de la propiedad.

Al no coincidir la referencia catrastral de una propiedad con el del registro de la propiedad para actualizarlo y que coincidan cual se toma como referencia de los dos.

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¿Te refieres que existen distintas referencias catastrales? Si es así, debe existir un error, una misma finca no puede tener más de una referencia catastral, a no ser que sea una finca matriz y que ésta pueda segregarse para formar otras a partir de la misma, pero si no es el caso, cada finca, se le asigna una refencia catastral para su idenrtificación.

Puede ocurrir que existan discrepancias entre el Catastro Inmobiliario y el Registro de la propiedad, pero en relación a la titularidad y la superficie y cabida de la finca, pero esta problemática se puede subsanar a través de los procedimientos de expediente de dominio.

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La explicación de Juan Antonio es bastante acertada y solo hago énfasis en que busques un experto en esos temas para desenredar esos errores porque de lo contrario complicaría más las cosas.

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Tendrá que ponerse en manos de un experto, que le estudie su caso concreto. En determinados casos, hay diferencias entre Catastro y Registro de la Propiedad. Además, deberá hablar con el Registrador, para ver cual es la solución que le admite.

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