Permiso de residencia tras divorcio

Tengo un amigo iraní que tenía permiso de larga duración por reagrupación familiar. Su ex-esposa también es Iraní (ella llevaba varios años viviendo en España, pero se casaron en Irán). Él llegó a España en julio de 2012, e inicialmente le dieron una tarjeta por reagrupación familiar que renovó en agosto de 2013 por la actual de cinco años (con vigencia hasta julio de 2018).

Convivió con su mujer en España como casados de julio de 2012 hasta agosto de 2014, fecha en la que firmaron el divorcio, aunque siguieron conviviendo hasta abril de este año.

Después de leer los documentos de extranjería tiene dudas:

- Si han pasado más de 6 meses desde el divorcio, aunque siguieran viviendo juntos hasta abril, ¿es una situación de irregularidad que se pueda solucionar...?
- Si debe pedir una autorización de residencia independiente de familiares reagrupados, u otra solicitud.
- Cuál será la vigencia del nuevo permiso: si a pesar de haber cambiado su estado civil se mantiene hasta 2018 o, si es diferente, por cuánto tiempo será el nuevo. Este punto es importante para él, ya que pensaba que en 2018 podría pedir la residencia permanente.
- Si debe cumplir otros requisitos además de haber convivido más de dos años con su esposa. Es músico profesional y, aunque tiene trabajo y algunos ingresos en España y también procedentes de fuera de España, no tiene contrato de trabajo fijo ni está dado de alta en la Seguridad Social.
- Qué sucede si espera hasta que su tarjeta caduque en 2018 sin hacer nada, ya que llevará más de 5 años en España, pero no de forma legal...

Añade tu respuesta

Haz clic para o