Fiscalidad reparto dividendo pymes. Modelo 123

Trabajo en contabilidad para una pyme que cuenta con dos socios. Según me comentan tienen intención de hacer reparto de dividendos del beneficio obtenido en 2014. El próximo 30 de junio de celebrará la junta general para aprobar las cuentas y distribuir el resultado.

Al repartirse dividendos, según tengo entendido, la empresa estará obligada a retenerles el 20% para 2015 y declararlo en el modelo 123 y posteriormente 193. ¿Es así verdad?.

Mi pregunta es la siguiente: ¿En qué fecha tiene que presentar la empresa el modelo 123? ¿Sería el 20 de julio una vez llegado al acuerdo social o en el trimestre que se haga efectivo el pago?

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Efectivamente sobre los dividendos abonados habrá que practicar una retención del 20% y pagarla mediante el modelo 123 e informados en el mes de enero mediante el resumen anual modelo 193.

La retención se debe hacer en el momento de abono, no cuando se acuerde el reparto y, por lo tanto su pago a hacienda mediante el 123 se debe realizar en el periodo que corresponda según el momento en que se ha realizado la retención.

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