Dación en pago; es posible este caso?

Hay varios vecinos que han dejado de pagar, y van a entregar su piso en dación en pago porque sus abogados les han aconsejado que no lo hagan. Por lo visto se acogen a que la tasación en la compra del piso fué muy muy alta...

La verdad que no lo entiendo... En qué puede afectar en que la tasación fue muy alta en su momento (incluso desporprocionada) para que nos dieran la hipoteca para obligar al banca a que acepte la dación en pago Que es a lo que se acogen estos vecinos con sus letrados

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Creo que se deben acoger al hecho de que si el piso es ejecutado el banco se lo tiene que adjudicar por el 70% de esa tasación. Si esta es muy muy alta, ese 70% cubrira toda la deuda, incluso sobrar. En estos casos es muy posible que el Banco acepte la facción en pago y ahorrarse los gastos judiciales, pues para el caso se quedarán igual con el piso pero sin más deuda.

¡Gracias! Muchas gracias. Entonces voy a pensármelo yo también porque estoy en la misma situación.

Saludos.

Una cosa más.

En la compra del piso (hipoteca BBVA) tuve una tasación previa; y después intenté sobrogar la hipoteca con otro banco que me daba mejores condiciones (ING).

En esta operación ING solicitó una nueva tasación, que dió un resultado que minoraba bastante la tasación inicial (lógicamente por como está el mercado); a lo cual el BBVA igualó las condiciones y no me fuí finalmente al BBVA.

Qué valor de tasación se cogería en este caso; la primera que es la que se hizo cuando se firmó la hipoteca inicial; o afectaría el nuevo valor que se hizo a posteriori con la operación que iba a hacer con el ING?

Gracias.

Concretamente mi compra fue una subrogración de la hipoteca que tenía el constructor constituida por 113.600 y que en la subrogración cuando pasó a mi nombre (se hizo la tasación para tal fin); me subrogué y amplié a 170000.

Lo de ING fué a posteriori, que intenté un cambio y al igualarme las condiciones BBVA firmamos las nuevas condiciones y solicité una ampliación más quedando finalmente en 180.000 (supongo que el bbva tuvo copia de la tasación que me hizo nueva ING para tal fin).

No, no, creo que tienes una confusión. El valor sobre el que el banco se lo adjudicaria por un 70%, es una"tasación" que aparece en la escritura de la hipoteca del piso. No vale tasaciones anteriores o posteriores, sólo es la que aparece en la escritura. Si esa cantidad es muy muy elevada te beneficia a ti. Pero aunque todos los pisos sean iguales en cada hipoteca dependiendo del Banco y del momento esas cantidades pueden ser distintas de una escritura a otra. Tendras que mirar la tuya y pedir asesoramiento antes de tomar una decisión a un abogado.

Entendido.

He leído mi hipoteca y dice "el valor de la finca hipotecada a efectos de subasta asicnedea 282.772.-€"... ; con lo cual entiendo que éste sería mi valor del que estamos comentando.

Muchas gracias...!

Si, esa es la tasación de la que estamos hablando.

Suerte

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