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Derecho a Excedencia por Maternidad

Experto:
Usuario:
Fecha: 13/09/2007
Valoración: (4,00 sobre 5) Categoría: Derechos y deberes
12/06/2007
sonifer, usuario preguntando en Derechos y deberes
Usuario
Hola. Mi puesto de trabajo está regulado según el Convenio Colectivo de Agencias de Viajes y me gustaría aclarar una duda. ¿A partir de que fecha comienza a contabilizarse la excedencia: del dia del nacimiento o después de la baja por maternidad? Muchas gracias.
12/06/2007
sonifer, experto respondiendo en Derechos y deberes
Experto
la excedencia por maternidad empieza cuando la solicitas.
no cuando nace el bebe o cuando termina la baja maternal,cubre la vaja maternal osea las 16 semanas y posteriormente solicita la excendencia por el tiempo que hayas pensado necesitarla,si acudes ya a la empresa para que lo sepa,pide la excedencia cuando sepas seguro la fecha que se te acaba la baja maternal.
saludos marama
13/09/2007
sonifer, usuario preguntando en Derechos y deberes
Usuario
Muy Bien. Me ha sido de gran utilidad
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