Duda convenio con la SS

Estimado Josbian,

Tengo una nueva duda referente a la Seguridad Social.

En enero he cumplido 54 años y el año que viene quiero optar a las ayudas a mayores de 55 años, pero me faltan tres años y medio de cotizar a la SS (es requisito para acceder a la ayuda que yo quiero tener un mínimo de 15 años cotizados). Esta mañana me han comentado en el SEPE que debo dirigirme a la Tesorería de la SS para realizar un "Convenio" con ellos que me permita pagar esos tres años y medio de cotización.

Mis preguntas son:

1.- ¿Existe la posibilidad de realizar un "Convenio" con la SS para pagar lo que me falta por cotizar hasta los 15 años (3 años y medio) ?

2.- En caso afirmativo como se podría pagar. ¿todo de una vez (es decir el total de los 3 años y medio)? Esta sería la formula que más me interesaría. O ¿Habría que pagar mes a mes y esperar los años correspondientes? Esta formula me interesaría menos, claro está.

3.- ¿Cuanto se vendría a pagar al mes? (algo estimado o en general, o lo mínimo...) teniendo en cuenta que siempre he estado en el Régimen General de la SS.

En fin le ruego que me disculpe por formular tres preguntas (complicadas imagino) en una sola consulta y le agradezco de antemano su ayuda y paciencia.

Reciba un cordial saludo.

EZ

Respuesta
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1-) Por supuesto que puedes suscribir un convenio especial con la seguridad social para que puedas seguir cotizando a la seguridad social de forma que puedas seguir acumulando mas cotizaciones para la jubilación.

2-) El pago de las cuotas no se pueden pagar anticipadamente si no que el pago tiene un carácter mensual y se tiene que ingresar en en la entidad financiera colaboradora (bancos, Cajas), a través del documento de cotización TC–1/50, ingresándose la cuota dentro del mes natural siguiente

3-) La cotización como ya sabrás es a cargo del de suscriptor del convenio y obligatoria desde la fecha de efectos del Convenio Especial y deberá abonarse mientras el convenio esté vigente. Al suscribir el convenio, el interesado puede elegir entre las siguientes bases de cotización:
La base máxima del grupo de cotización correspondiente a la categoría profesional en la que estuviera dado de alta, siempre que hubiera cotizado por ella al menos 24 meses en los últimos 5 años. La base por la que se hubiera venido cotizando en los últimos 12 meses.
La base mínima de cotización vigente. Una base de cotización que esté comprendida entre las bases anteriores.. Pero eso lo tienes que consultar tu, en la detersoria provincial del INSS de tu ciudad allí mismo te informaran de todos los pormenores... De todas formas para cuestiones relacionadas con las prestaciones de la seguridad social lo mas aconsejable es informarse en la tesorería provincial del INSS es el lugar mas idóneo para recabar cualquier tipo de información con relación a todo tipo de pensiones y prestaciones sociales.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..

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