Compra casa

Estimado Sr:
Tengo un problema. Hace un tiempo compre una casa en construcción. Para ello firme un contrato con el constructor, por el cual fijábamos un precio por la vivienda, así como una serie de cosas más. El caso es que ahora dice que por ese precio no puede terminar y me dice que si quiero acabarla será por más dinero. También me da otras dos opciones, retirar el dinero que yo he entregado o comprar la parcela (a un precio desorbitado). ¿Qué puedo hacer?
Gracia por su ayuda

3 respuestas

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Entiendo tus dudas sobre la decisión que debes tomar. En el derecho actual cualquier caso es discutible y la resolución judicial da lugar a muchos problemas.
He estudiado tu caso con mucho interés y te voy a dar mí opinión partiendo de que se trata de una consulta gratuita. Otra más fundamentada se podría obtener de la elaboración de una defensa ya remunerada.
Según dices en tu comunicado, ellos desde un punto de vista teórico no han incumplido todavía porque queda plazo para la entrega pactada de la casa, pero SI que se podría entender en la práctica que lo han hecho dado el grave retraso en la ejecución de la obra. AL CONTRARIO tu NO has incumplido en ningún momento ya que el impago de las cantidades pactadas fue sugerido por el contratista, manifestando tu en todo momento tu voluntad positiva de hacer frente al pago de esa deuda pendiente. En todo caso, en un sentido muy estricto, se podría entender que habías cometido un incumplimiento muy leve, no generador ni de mora en el deudor. Este incumplimiento, a mi juicio inexistente, no provocaría nunca los efectos anuladores que la otra parte busca. EL CONTRATO FIRMADO vale en todo caso ya que se firmo en su momento y está pendiente de la entrega final de la obra. En todo caso, ellos serían los que han incumplido el contrato o lo harán a todos los efectos cuando se acabe el plazo. No te pueden exigir que pagues cuando ellos no hacen frente a sus obligaciones de ejecución en plazo.
En resumen de estas afirmaciones: El contrato firmado es plenamente válido entre las partes, incluido en estas el avalista, y el incumplimiento en todo caso sería del contratista y nunca tuya.
La situación que se plantea es delicada porque prueba la negativa de la otra parte, el contratista o su avalista, a cumplir con las obligaciones pactadas en su momento. Presenta esta unas opciones que son inadmisibles en cuanto que el derecho que se establece legalmente lo tiene la parte que no incumple, nunca la incumplidora. No está mal que se planteen soluciones, pero siempre que busquen el equilibrio entre los intereses de ambos lados. Por lo que dices, las propuestas no dejan de ser abusivas.
Tienes DOS POSIBILIDADES interesantes en el caso de que no termine la obra en las condiciones pactadas: solicitar la resolución del contrato por incumplimiento del contratista con reclamación de daños y perjuicios (vía artículo 1124 y concordantes del Código Civil) o la resolución parcial del contrato en la parte en que ha sido incumplido y ejecución proporcional en el resto (vía convivencia acciones civiles) A mi juicio, sería la segunda la que más te beneficiaria porque obtendrías la titularidad de la finca y de lo ya construido pagando en proporción a su valor acordado o como mucho el actual. Con esta podría abordar la terminación de la casa en manos de otro contratista más eficaz.
Si bien es cierto que entrar en juicio es una solución conflictiva te ofrezco a continuación una serie de medidas de presión iniciales que yo asesoraría como profesional dedicado a estos asuntos. Y te las ofrezco porque creo que tu posición es la de perjudicado y es este el que tiene las opciones para reclamar en derecho. Serían las siguientes:
1º. Notificar fehacientemente al contratista o a su avalista, una vez alcanzado el termino de plazo para entrega, o si fuera necesario por urgencia antes, la exigencia de la entrega de la casa en las condiciones y términos pactados (mencionando la viabilidad de su ejecución comprobable en las otras casas de la misma promoción). Afirmando también que en el caso de no hacerlo así, solicitaría la ejecución proporcional de la parte realizada y la exención sobre el resto del precio. También reservando en todo caso el resto de acciones legales a tu alcance como perjudicado. Afirmando en todo caso la validez y eficacia del contrato firmado.
La mejor forma de comunicación fehaciente es el envío de un bureau-fax desde correos.
2º. Manifestación en el mismo escrito de tu clara y firme voluntad de hacer frente al pago de las cantidades adeudadas, una vez acordadas las condiciones de la nueva resolución, y en proporción a la misma.
3º. Solicitar un peritaje sobre el estado de la obra y los valores del terreno y de la construcción realizada. Que lo haga teniendo en cuenta las condiciones del contrato que firmasteis. No es muy costoso y constituiría una prueba de gran valor en caso de que fuera necesaria. Podríais solicitarlo antes de enviar la carta para incorporarlo a la misma o después en comunicaciones posteriores. Con este peritaje podrías valorar mejor como quedan las cuentas.
4º. Intenta informarte sobre los derechos que tienes en materia de consumo en la administración autonómica o local competente en obras. Buscar la presentación de una queja o conciliación, si es que fuera posible.
5º. Escrito y peritaje que quizás no solucionen definitivamente el problema pero sí que pueden aclarar y fortalecer tu postura frente al incumplidor. Demostrar que tienes la sartén por el mango y reclamar tus derechos.
No es lógico que dejando la obra a medias, seas tu el perjudicado cuando el incumplidor es otro. No es cierto que el tenga la opción, que tengas que aceptar sus condiciones leoninas o marcharte con esa indemnización mínima por intereses. Ha quedado probado que se puede hacer la construcción en esas condiciones (las viviendas casi finalizadas), también que hay medios para realizarlas (cuando afirma que luego el las terminara y se beneficiara) y que el incumplimiento es de su parte.
Espero haberte aclarado las cosas. Estoy a tu disposición para cuestiones concretas.
Hola:
Efectivamente, quizás no he sido muy claro. Compre una casa sin hacer. Digamos que era una promoción de ocho casitas y yo compré una. ¿Pagué nua señal de reserva 3000?. Después firme un contrato por el que se estipulaba el dinero que valía la vivienda y las formas de pago. Como la obra iba muy lenta, el promotor me dijo, de palabra, que el segundo pago mejor lo hacía más adelante, debido al os retrasos, en señal de confianza mutua. Yo entonces quizás he incurrido en una falta de pago a efectos legales, aunque el dinero lo tengo, antes también lo tenía, y yo lo que quería era pagarlo. El caso es que alguna de las casitas está ahora casi terminada, pero la mía solo están hechos parte de los cimientos. El promotor dice que no puede hacer frente a los pagos, con lo que el avalista ha tenido que poner el dinero en el banco como aval a nuestras entregas y ha paralizado la obra. Ahora nos dicen que el contrato que firmamos no vale, ademas que lo hemos incumplido. Nos da opciones de seguir adelante pero por mucho más dinero, un 28% más, retirar el dinero aportado con un 3% de interés (aunque la ley 57/1968 dice un 6%)y luego el terminaría y revendería la casa, con el correspondiente beneficio, o comprar el solar por un precio desproporcionado y terminar yo la obra con otro constructor. Un par de abogados me han dicho que como el quiere devolver el dinero, no tengo nada que hacer, o acepto sus nuevas condiciones o recojo el dinero y me voy.
Esta parcela está en un pueblo de Navarra.
El contrato ellos todavía no lo han incumplido, porque faltan 3 meses para la "entrega" pactada de las casas. La verdad es que no se que hacer, por una parte me da miedo meterme en juicios, estar 2 o 3 años con el dinero parado, y luego no conseguir más que gastos, por otra parte me da rabia que ellos sigan ganando y solo sea yo el perdedor, debido a que después de un año y 3 meses que ha pasado, la vivienda que yo pretendía comprarme es ahora mucho más cara. Si necesita más detalles dígame.
Gracias por su ayuda
Ramón Zudaire
[email protected]
Resulta complicado resolver un caso tan concreto solo conociendo algunos datos aislados. Tendría que profundizar en el estudio del mismo para poder contestar correctamente a las preguntas que me haces.
Se me plantean algunas dudas sobre la naturaleza del contrato que firmaste. Hablas en tu pregunta de que compraste una casa en construcción, luego dices que te ofrece el constructor la opción de que compres el solar. No queda claro la naturaleza del documento que firmaste. Te rogaría que explicaras un poco más el caso, para poder asesorarte mejor.
Varias son las opciones legales que tienes, pero queda supeditado a la naturaleza del contrato que hayas firmado. En principio, entiendo que se trata de un contrato mixto de compra-venta y realización de obra pero no podría asegurarlo. No está mal que te de opciones pero luego tu tendrás las tuyas propias, las que la ley te reconoce como contratante.
Si no tienes más dudas, puntúa la respuesta y así me saldrá como finalizada.
Estoy a tu disposición para futuros contactos.
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No he visto el contrato pero si no hay ninguna clausula especifica que le permita hacer al constructor lo que quiere hacer el tiene que cumplir y si no cumple Vd puede exigírselo ante el juzgado..
Vaya Vd a un abogado y que le escriba una carta al constructor... este abogado vería el contrato en detalle ... por si hubiera alguna clausula ... que no me ha dicho Vd.
En principio el constructor tiene que cumplir y si no Vd puede exigirle judicialmente que cumpla y si gana sería condenado en costas el constructor.
Le agradecería que valore la respuesta para que la pregunta deje de estar activa.
Vruiperez
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La única solución considerable sería que si pide más de lo que en principio se fijó, no pagarle nada, si no ha sido capaz de acabar con lo que estipuló, le retires de sus servicios y continúes con otro constructor. Ya que, de la otra forma, parece que lo único que pretende es aprovecharse de recibir dinero a cambio de nada.

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