Hacienda y venta de piso

Si vendo un piso después de tenerlo 7 años en propiedad. ¿Qué tanto por ciento le tengo que pagar a Hacienda?

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Se tributa por el 15% de la ganancia patrimonial minorada :
Y te lo voy a explicar suponiendo que lo hubieras vendido en el 2005, para que pudieras compararlos si lo haces este año o siguientes:
Tienes que tributar en el apartado de ganancias y perdidas patrimoniales, y como regla básica para ver lo que tributas tienes que hacer la siguiente operación:
( ¿Precio de venta- gastos venta)? (? ¿Precio de compra?-? ¿Gastos?) = Ganancia patrimonial ( o perdida, aunque supongo que no es tu caso )
¿Te pongo? ¿Precio de compra? ¿Gastos? Entre comillas porque a ese valor tienes que aplicarle un coeficiente de actualización en función del tiempo que ha pasado desde que lo compraste, ¿y qué lo que hace es? ¿Paliar? El efecto de la inflación. Ese coeficiente reductor sería decreciente, y se comprueba según unas tablas.
¿Por otra parte esa ganancia a su vez se ve reducida por un? ¿Coeficiente reductor? Que en el caso de bienes inmuebles es una reducción del 11% aplicable por cada año que exceda de dos ( siempre que hayan pasado los primeros dos años de compra, hasta la fecha máxima del 31 de diciembre de 1996,) Como no es tu caso, porque la compraste después del 96, no te beneficias de una reducción de la base a computar como Ganancia Patrimonial
¿Y por fin tienes ya el dato de la? ¿Ganancia patrimonial minorada? Sobre la que aplicas el famoso 15%
? Ejemplo respecto al coeficiente de actualización en la compra, ¿es? ¿Un trabajo de chinos?, pero tienes que calcular cada año por separado, si la compraste por 100000 euros, por ejemplo, hace 7 años, su coeficiente de actualización es 1,12 ( hay unas tablas..) por lo que realmente la compraste por 112000 euros.. y así con cada año, si por ejemplo en el 2003 pagaste de préstamo hipotecario un total de 3600 euros, se aplica ese coeficiente, que en este caso es de 1,04 y te dice que en realidad pagaste de préstamo 3744 euros.. y así con cada año
? Ejemplo respecto a coeficiente reductor ganancia :para calcular la Ganancia patrimonial minorada:. Ya hemos calculado entonces el coste de adquisición real que en vez de los 100.000 euros del ejemplo pasan a ser realmente 112000 euros, bien pues ese valor es el que restamos a la venta, que vamos a suponer que ha sido de 180000 euros ( deducidos los gastos como plusvalía.. ¿etc? ) El resultado es entonces 68.000 euros . Bien.. pues TRIBUTAS POR EL 15 % DE ESE VALOR porque en tu caso no te beneficias de ningún coeficiente reductor y que da como resultado en el ejemplo 10.200 euros
? PERO IMAGINA que la compraste en 1994, que no es tu caso, claro, 11 años de ejercicio fiscal, pues te deducirías entonces un 11,11%, es decir, la base de 68.000 se convierte ahora en 60.445,2 euros y SOLO VAS A TRIBUTAR POR EL 15% DE ESE VALOR, que da como resultado en el ejemplo 9.066,78 euros
Es decir, se empiezan a beneficiar aquellas personas que compraron la casa antes de 1995 y al venden ahora

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