Dudas modelo 131. Apartado II y vehículos afectos.

Buenas tardes!

Estoy rellenando el segundo trimestre del 131 y no entiendo a que se refiere el apartado "II. Actividades económicas en estimación objetiva distintas de las agrícolas, ganaderas y forestales, sin posibilidad de determinar ninguno de los
datos-base a efectos del pago fraccionado". Se trata del módulo de una carnicería. Entonces, esto sería si, por ejemplo, un colegio que hay cercano le compra carne y le pide factura? Habría que ponerlo ahí esa cantidad o cómo? Si no es eso, me podrían poner un ejemplo. A colación de este tema, si factura a una empresa, como puede ser un colegio, tienen obligación de retenerle.
¿El pago de la licencia de apertura lo puede amortizar como inmovilizado intangible?
Y ya la última pregunta. Si tuviera un vehículo afecto a la actividad totalmente amortizado y del que no se deduce nada. No habría que rellenar nada de ese módulo, no?


Muchísimas gracias de antemano.
Un saludo.

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