Fiscalidad fundación-cooperativa

Te escribo para que me asesores en la constitución de una fundación ( Ya hemos tenido contacto días atrás).
Te pongo en antecedentes para concretar el caso y me ayudes en este lío:
Somos una sociedad cooperativa de enseñanza (Centro Concertado) y por falta de acuerdo con el Gobierno Autonómico correspondiente no nos aprobaron el concierto educativo para el primer año (1996), por lo tanto el Gobierno no subvencionó la actividad docente ese año (fue el ayuntamiento del pueblo quien la subvenciono). Después de demandar, el resultado de la sentencia ha sido favorable para la cooperativa, con lo cual el Gobierno nos pagará una cantidad considerable de dinero.
Con este importe la cooperativa quiere constituir una fundación con fines educativos.
Queremos saber cual es la mejor opción fiscalmente para ambas sociedades.
En el caso de la sociedad cooperativa, cuando recibamos el importe de dinero lo deberemos contabilizar como un ingreso (¿debería ser un ingreso de ejercicios anteriores?) Y en este caso me desvirtúa por completo el resultado contable de la cooperativa, pero aún así deberemos tributar y pagar por ello en el impuesto de sociedades. Mi pregunta es la siguiente: Si este dinero lo destinamos a hacer una aportación a la fundación antes de que finalice nuestro ejercicio económico ¿la cooperativa se lo puede deducir en el impuesto de sociedades y por lo tanto evitar pagar el 25% sobre esa cantidad?.
En el caso de la fundación el dinero aportado por la cooperativa ¿podría ser destinado para su dotación (30.000 Euros mínimo) y el resto para fines educativos?
Muchas gracias por tu ayuda

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