Contratación de Personal

Hola Experto. Mi pregunta va encaminada a la contratación de una persona con las siguientes características:
Varón / Hembra de edad: Superior a 45 años
Situación actual: Desempleado
Mi consulta es la siguiente:
1.-Existe algún tipo de subvención o excepción a nivel de Seg. ¿Social o Hacienda por las características y la edad de la persona a contratar?
2.- La persona contratada es para regentar un comercio de atención al público (dependiente) en un Estanco. ¿Afecta esto en alguna cosa a efectos de salario o subvenciones o exentos de algo?
3.- Que me puede suponer aprox. El coste total bruto anual de la persona contratada, ¿aplicándole un salario de aprox. 1000? Mes neto * 12 mensualidades quedando incluidas las 2 pagas en el salario indicado.
Me interesaría en particular el coste bruto anual que me supondría la contratación de una persona ya descontando las posibles subvenciones y/o deducciones a Seg. Social, etc...
Gracias por todo
Pedro

3 Respuestas

Respuesta
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Lo mejor se que vayas a la seguridad social o a tu gestor para hacer los cálculos correspondientes, pero cuenta que sin subvencios el coste para un empresario es aproximadamente un 30% del sueldo del empleado.
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Las personas desempleadas mayores de 45 años y en paro gozan de ayudas y subvencines por parte de la S.S. y de las Comunidades Autónomas, por lo que es muy dfiícil ser preciso en este tema porque no puedo conocer todos los programas de todas las autonomías.
Si que puedo decirte que por lo general, gozan de una reducción en las cuotas a la S.S. de entre el 30 y el 50%, durante al menos dos años y según el tiempo en el desempleo, hasta de una subvención directa al empresario si el contrato es indefinido.
En la Cámara de Comercio de tu provincia te indicarán las subvenciones y tramites específicos de tu Comunidad Autónoma para ese tipo de ayudas.
En cuanto al coste, por lo que me has dicho, la cotización a la S.S. sería de un 19% aproximadamente, por lo que estaría entre los 14.000 y los 15.000 euros al año.
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Las instituciones otorgan ayudas para quienes contraten de manera indefinida a trabajadores mayores de 45 años.
  Las características de estos contratos están recogidas en el artículo 47 de la Ley 53/2002, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Fiscal. Los contratos por tiempo indefinido, incluidos los fijos discontinuos, que son objeto de las ayudas deben celebrarse a tiempo completo o a tiempo parcial y formalizarse por escrito en el modelo que se disponga por el Servicio Público de Empleo Estatal y deberá comunicarse en los diez días siguientes a su concertación. Cada contrato indefinido que haga una empresa a un mayor dará derecho a una bonificación de la cuota empresarial de la Seguridad Social por contingencias comunes. Para contrataciones de personas que tengan entre 45 y 55 años, será del 50% durante el primer año y del 45% durante el resto de vigencia. Y para personas de entre 55 y 65 años, será del 55% el primer año y del 50% el resto de tiempo de vigencia. Cuando los contratos se realicen a tiempo completo con mujeres desempleadas, las bonificaciones de cuotas se incrementarán en diez puntos.
  Asimismo, los autónomos que contraten de forma indefinida a trabajadores que superen los 45 años tendrán derecho a un incremento de cinco puntos respecto a los porcentajes anteriores.
  ¿Respecto a lo que te saldría al año sin descontar los porcentanjes anteriores sría de unos 13200? Uros.

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