Embargo por la comunidad de propietarios

Hola buenas tardes. Me han remitido vía judicial un escrito de la comunidad de propietarios donde tengo mi vivienda en la que se me dice que por falta de pago de los importes, en el plazo de veinte días no pago ni comparezco alegando las razones de la negativa al pago despacharan ejecución contra mis bienes según lo previsto en el arto 816 LEC. También dice que si me opongo lacomunidad puede solicitar el embargo preventivo de bienes suficientas para hacer frente a la cantidad reclamada, unos 3.000 €. Mi vivienda está hipotecada por un banco, y está en fase de embargo judicial. Mi pregunta es, ¿puede la comunidad de propietarios pasar por delante del banco y embargar ipso facto la vivienda? O por el contrario y en caso de no poder hacerlo, pueden echar mano de los bienes que tengo en el interior de la vivienda, como mobiliario, etc....? Soy viuda y avale a mi hijo con mi vivienda y ahora me encuentro en esta situación. ¿Pueden tocar mi pension de 600 €?. Porque es lo unico que tengo no cuento con nada más. Agradecida por su respuesta.

Isabel

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Respecto al pago de tu comunidad ¿ha sido lo de los 3000€uros por tema de alguna derrama?, respecto a si la comunidad puede embargar antes que el banco eso es relativo, el banco suele dejar 2 años y tema de tu pensión si no pasa de 900 €uros no la pueden tocar, de todas formas menuda comunidad.

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