Atraso en en ejecución de sentencia por despido improcedente.

Pongo lo que le ha ocurrido a un compañero mio pero que a mi me va a pasar lo mismo. Demandó por despido improcedente a la que era nuestra anterior empresa y la sentencia dice que tienen que pagar. El caso es que la empresa va a recurrir contra la otra empresa la cual dice que no tiene obligación de subrogarnos. La empresa dice que de momento no paga. Mi pregunta es.

Si la sentencia es firme y es la empresa la que recurre contra la otra, ¿por qué no paga y se olvida?

Esto demora mas o menos el proceso un año. Lo normal es que pague y que se apañe con la otra. Al demorarse el plazo de pago si no se ejecuta la sentencia, ¿se pueden pedir intereses de demora?

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Lo más sencillo en este momento de la tramitación judicial, es instar e iniciar la Ejecución del Fallo; ha de consultarlo e iniciarlo mediante su Abogado, en caso de no ser así, póngase en contacto conmigo mediante el 645 198 004 - Un saludo.

Carlos Bravo

Colegiado 4.902

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Si tu sentencia es firme los intereses de demora empiezan a correr y podrías reclamarlos a 10% en computo anual, es decir un 10% por año de retraso. Tu quieres el pago de una deuda reconocida por sentencia y si la empresa quiere pleitear con la otra, la demora que tu vas a sufrir en su pago da derecho a intereses.

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