Ayuda sobre domiciliación de nómina e hipoteca

Hola y gracias de antemano. Le pido ayuda/consejo por estas dos cuestiones:

1º/ Mi ex-novia y yo compramos al 50% un piso hace 4 años. Hace unos meses nos hemos separado, ella ya se ha marchado a vivir fuera y el piso me lo he quedado yo. El tema es que dice que, cuando hagamos extinción de condominio, le tengo que dar la parte que ella ha aportado. Le pregunto si esto ha de ser necesaria y obligatoriamente así...y, de serlo, cómo puedo saber con la máxima fiabilidad qué cantidad debería realmente entregarle.

Lo pregunto porque ahora mismo el valor de mi casa es MENOR a lo que se debe al banco. Si esto es así ¿sigo teniendo que deber de pagarle su parte a ella o no tiene nada que ver?

2º/ La segunda cuestión es que, mientras no podamos hacer el condominio, hay una cuenta -la hipoteca está en el BBVA- y en esa está domiciliada mi nomina. Esa cuenta obviamente está a nombre de los dos...ella ya sacó todo lo suyo y demás, el problema es que, de vez en cuando, mete la mano y saca dinero, dinero que por supuesto es íntegramente mío. De nada han servido las palabras.

Mi pregunta, antes de consultarlo con el director del banco, es si Vd cree que, todo dentro de la misma entidad, sería posible mantener esa cuenta con la hipoteca pero domiciliar, amén de todo lo demás (luz, agua, teléfono) también mi nómina en OTRA cuenta distinta y desde ahí ordenar cada 1 de mes traspasar a la otra lo justo de la hipoteca y punto. De esa manera ella no podría tocar.

No entiendo mucho pero he mirado en la escritura del préstamo hipotecario y en el apartado "Clausulas financieras", capital del préstamo, pone:

"Que la parte prestataria reconoce haber recibido del banco a su satisfacción un préstamos de XXXX de capital, mediante abono en la cuenta bancaria nº XXXXXXXXXXX "(la cuenta, como le digo es del BBVA)

Es decir, figura esa, que es la cuenta donde estamos los dos; pero luego en el apartado "Bonificación del tipo de interés, NOMINA", únicamente pone esto:

"....se entiende a estos efectos la domiciliación ininterrumpida durante los 6 meses anterores a cada periodo de interés, en cuenta abierta en BBVA, de nómina, pensión o subsidio de desempleo"

Es decir, entiendo que lo único que exige al respecto mi escritura hipotecaria es que mi nómina esté en una cuenta del BBVA, PERO NO tiene porqué estar en la misma de la hipoteca...¿lo ve Vd también así?

Se lo agradezco, pues quiero ir a hablar con el director ya con una idea más o menos clara. Gracias.

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Es una cuestión que tiene que tratar con el banco, que seguramente tienen alternativas para enviar que su ex pueda hacer uso de esa cuenta, que en definitiva es lo que le interesa.

En cuanto a la disolución de condominio, se hace de la siguiente manera:

Se cancela la hipoteca y se constituye una nueva solo a nombre de usted.

A ella tendrá que pagarle la mitad del piso (o la cantidad que acuerden) descontándose las cuotas hipotecarias que ella ha dejado de satisfacer.

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