Fiador en un alquiler

Hace diez años firme como fiador en un contrato de alquiler de un local, ahora el titular de dicho contrato ha dejado de pagar el alquiler de tres meses. El dueño del local me ha llamado a mi como fiador y me ha dicho que si el inquilino no paga va a proceder al desahucio y al estar yo de fiador el juicio iría contra mi. ¿Pueden obligarme a pagar los meses adeudados? Y si yo no puedo pagar me embargan mis bienes(nomina, piso, ¿etc) o primero embargarían los bienes del inquilino?, si el inquilino contrae una deuda independientemente del alquiler, como prestamos, compras para el negocio, etc.¿seria yo también responsable?.

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Usted solo responde en los términos que se haya obligado en ese contrato, esta responsabilidad se limitará a las cantidades adeudas por el deudor en ese contrato de arrendamiento
Salvo que se haya pactado otra cosa usted podrá oponer a la reclamación el beneficio de excursión de los bienes del deudor, esto es que el acreedor primero se haya dirirgido contra el deudor y resulte acreditado que no tiene bienes para responder de la deuda (salvo que en el contrato se haya establecido la fianza con el carácter de solidaria)
Deberá ponerse en manos de un abogado que estudie el contrato y la reclamación que le puedan formular para determinar hasta que punto usted debe responder de esa deuda
¿Qué pasaría si pusiese en el contrato fiador solidario? ¿Y cuándo termina mi vinculo con ese contrato? ¿Cuánto tiempo se puede prorrogar un contrato? Por favor contésteme con la mayor claridad posible pues muchos tecnisimos no entiendo. Gracias
Si en el contrato la fianza es solidaria el acreedor es libre de reclamar al deudor o al fiador, no es necesario que previamente haya reclamado al deudor para poder dirigirse contra el fiador
En cuanto al plazo del contrato, la obligación del fiador se extingue cuando se extinga la del deudor si no se ha pactado otra cosa, por lo que mientras no se resuelva ese contrato de arrendamiento subsiste la obligación del fiador
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Mi esposo le salió de Fiador solidario a su hermana ;hace 15 días llegó a casa un budofax que decia que debía 10 meses unos 4221.42 euros ya que también le cobraban la luz.

Ella inmediatamente entregó 1500 euros y el piso. Que con algunos desperfectos quedo con una deuda de 3029 euros .

La inmobiliaria se comunicó con nosotros y nos dijo le dan un plazo máximo de 60 días sino abona la totalidad de la deuda .

El propietario tomaría acciones legales.

¿Mi pregunta es si va contra nosotros ese pago es fraccionado o como se suele arreglar este tipo de deudas?

Para estar alerta ya que dudo pague toda la deuda mi cuñada.

Si alguien me puede explicar

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