Contrato de arras penitenciales sin fecha escritura

Hace casi 3 meses firmé un contrato de compra-venta privado con un comprador de una vivienda en el que se especifica que las arras son penitenciales pero en el cual no figura una fecha límite para elevar a escritura pública. El documento lo redactó la propia inmobiliaria. El comprador, verbalmente, dice que sigue interesado en comprar la casa pero que ahora no dispone de dinero. Mi pregunta es saber si al no haber fecha límite, estoy obligado a indemnizarle con el doble de las arras en caso que venda la casa a otro comprador. He intentado que firme un documento en el que figure una fecha tope para escriturar pero se ha negado. ¿Puede ser declarado nulo este contrato por carecer de fecha límite?

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Evidentemente esta situación no puede prolongarse indefinidamente, enviéle un requerimiento por burofax señalando día y hora para elevar a escritura pública y advirtiéndole que el incumplimiento por su parte podría ser considerada incumplimiento del contrato de arras
Si en el día señalado no se presenta a otorgar la escritura pública pida al notario que levante acta notarial de esto
Hecho esto comuníquele que entiende resuelto el contrato de arras por incumplimiento por parte de él
Quisiera que me indicara, en caso de que exista, cuál es el plazo mínimo con que debería comunicarle al comprador la fecha de la firma de la escritura en la notaría.
La ley no lo marca de forma expresa, al no tratarse de una vivienda en construcción no puede excusarse la formalización del contrato en que no se ha terminado esa construcción, si no que se sobreentiende que las partes al firmar el contrato quieren una eficacia inmediata del mismo, por lo que la otra parte no puede alegar que no tiene dinero para pagar el precio del contrato a cuyo cumplimiento se ha obligado

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