Factura, ¿Al asegurado o a la aseguradora?

Hola,
Me gustaría saber si teniendo un cliente incluida asistencia jurídica en un seguro debo emitir la factura hasta dónde cubre esa asistencia a nombre del cliente o de la compañía aseguradora.
Por otro lado, teniendo en cuenta que no he cobrado ningún tipo de provisión de fondos me gustaría saber si puedo emitir una primera minuta tras la interposición de la demanda. La cuantía sería 600 euros, ¿lo máximo de la asistencia que tiene contratada y el pleito es de 32.000?.
Por último, ¿entiendo qué esos 600? De asistencia jurídica no comprenden el IVA, ¿estoy en lo cierto?
Muchas gracias de antemano y un saludo.

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La factura la deberás emitir por el total, pero la compañía solo te pagará hasta el límite de cobertura.
La factura puede ir a nombre del cliente o de la aseguradora (depende de ella). Lo mejor es que llames al tramitador y te informe.
Lo de emitir una primera factura supongo que te referirás a que te paguen esos primeros 600 euros. La respuesta es negativa ya que la compañía solo paga cuando se cierra el asunto.
Por último, en esos 600 se entiende que se incluye el IVA.

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