Plaza de garaje muy pequeña

Hola, me han entregado hace unos meses un piso de VPO en la provincia de Badajoz y mi problema es que la plaza de garaje es muy pequeña. Creo que las medidas mínimas según la ley de habitabilidad de la comunidad Extremeña son de 4,50mts por 2,20mts y mi problema es que tiene más de 4,5mts pero solo sobre 2,20mts y tengo a la derecha el muro del edificio y entonces solo se puede bajar una persona por un lado, ya que para bajarnos los dos tengo que poner el coche sobre la linea divsoria de la plaza contigua y imaginaros si esta aparcado el otro coche como lo hago. Mi duda es que creo que según ley si se da mi caso de tener a un lado un muro tengo derecho a un 20% o 20 cm más de anchura en la plaza. Necesito saber donde puedo ver este tema o en que apartado de la leyde habitabilidad habla de ello para poder reclamárselo al constructor.

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Su problema es relativamente frecuente, hasta el extremo que la nueva ley ha ampliado el tamaño de las plazas de garaje, lo que ocurre es que a su edificio se aplica la legislación anterior.
Como Vd. conoce, el constructor por intermedio del arquitecto, presenta un proyecto de edificación y el Ayuntamiento concede la oportuna licencia, al acabar el edificio el Ayuntamiento gira una inspección y "si se ajusta a la licencia concedida" otorga la cédula de habitabilidad si es la vivienda o la licencia de primera ocupación en locales. Las Plazas de garaje es diferente, por lo menos, aquí en Canarias la competencia no es municipal pero los arquitectos municipales las inspeccionan de todas formas y no aprueban el certificado final de obra del arquitecto si no se ajustan a proyecto. Así que supongo que en Extremadura pasará lo mismo.
Bien, si el arquitecto se ha ajustado al proyecto presentado y aprobado por el Ayuntamiento la queja ante el constructor, en mi opinión es precipitada.
Lo que tiene que comprobar en primer lugar, yendo a la sección de Urbanismo del Ayuntamiento, es si su plaza de garaje tiene la dimensión que figura en el proyecto presentado en el Ayuntamiento por el constructor. Si fuera menor, ya tendría motivo para una reclamación de otra plaza de mayor tamaño, una disminución de precio o una indemnización de daños y perjuicios.
La legislación extremeña para un edificio del que ignoro la fecha en que se solicitó la licencia, pero probablemente hace más de dos años, es de difícil localización, pero en mi opinión me iría primero a comprobar, en la copia del proyecto que figura en Urbanismo, que mi plaza tiene las dimensiones que figura en el mismo.
No se olvide que las medidas son diferentes entre superficie construida y superficie útil, la primera incluye la parte proporcional de las calles de rodadura, luego no coja medidas de proyecto y las reste de superficie útil porque siempre la útil es bastante menor. Que alguien que sepa, yo no sé, que le haga los cálculos y la conversión.
Bien, pero yo quisiera saber si es vedad lo de los 20cm cuando la plaza esta pegando a un muro
Para averiguarlo tiene que consultar el Código Técnico de la Edificación, tendría que leer el REAL DECRETO 314/2006 POR EL QUE SE APRUEBA EL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN, pero en opinión de "uno de letras", es tan complejo y tan técnico incluso para profesionales del sector que no ha entrado en vigor de golpe, sino una parte a los seis meses, otra al año, ahora creo que está desde Septiembre con medidas especiales sobre aislamientos, insonorización, placas fotovoltaicas, medidas de seguridad etc. que unicamente un arquitecto o un arquitecto técnico podrán dar respuesta a su pregunta. Lo que sí sé es que las medidas de las plazas de garaje han aumentado sustancialmente, creo que 25 m2 (¿?)Construidos.
Lo siento pero hasta ahí llego.

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