Problemas con vecinos

Hola, tenemos un problema.
Hace unos meses decidimos instalar aire acondicionado, en total son tres aparatos con tres compresores, tenemos instalados dos en la terraza, y el que nos está causando problemas lo tenemos colocado bajo una de nuestras ventanas en el patio de luces al que da nuestra vivienda y la de otros cinco vecinos. Desde la colocación del aparato los vecinos nos dijeron que no se podía instalar ahí, consultamos con el Ayuntamiento (residimos en Pinto) y nos indicaron que no había ningún problema, que no había legislación al respecto y que el aparato podía instalarse sin problemas. La primera vez que se usó el aparato vino el vecino del primero del lado opuesto (vivimos en el bajo) quejándose de malas maneras y con amenazas por el calor que emitía. La segunda vez que se usó profirió insultos a través de las ventanas del patio junto con el vecino de arriba. El caso es que nos asesoramos y nos indicaron que respecto al calor que emiten no hay normativa, incluso nos han insultado por el patio cuando lo que estaba funcionando era la caldera y ellos pensaban que era el aire acondicionado, la respuesta que tuvimos al respecto del tema del calor que despide el compresor era que es ''equivalente'' al olor que puede producir alguien cocinando, ¿la solución si no quieres que tu casa se llene del olor de unas sardinas que está haciendo el vecino? Cerrar las ventanas. Más tranquilos por esto se convoca una reunión en la que la orden del día es el aparato de aire acondicionado instalado en el patio. Hace años acordaron en otra junta de vecinos que no se podían dejar objetos en los patios, la norma dice: ''No se podrán colocar objetos que obstaculicen el acceso al patio o que impidan la entrada de luz al mismo'', el caso es que el compresor NO está en el patio, pues está colgado de la fachada a unos 35 cm. Del suelo, entró el administrador al patio para comprobar la instalación y según sus palabras ''no veo nada en el patio, veo un aparato de aire acondicionado en la fachada interior'' Los vecinos se quejan por este asunto y votan que debemos quitar el aparato. De momento el aparato sigue en su sitio, pues en la comunidad no existían normas al respecto antes de su colocación, ni existen a día de hoy. Según lo que tenemos entendido, las instalaciones de estos aparatos están obligadas a hacerse en fachadas interiores antes que en exteriores por motivos estéticos, hay un vecino que desde hace varios años tiene uno colgado en una fachada exterior. Después de esta reunión otro vecino de un bajo ha colocado otro en la fachada principal del edificio. En esa reunión intentamos llegar a un acuerdo para establecer horarios en los que utilizar el aparato de forma que molestara lo menos posible, pero los vecinos se negaron diciendo que la única solución que admitían era quitar el aparato, por lo que a la vista está, el diálogo es imposible.
El patio mide unos 3 x 4 metros, es donde 'desembocan' las cocinas, los baños y una de las habitaciones de los pisos. Ante esto:
Hemos realizado todos los pasos previos a la instalación, ir al ayuntamiento a informarnos, consultar la ley de la propiedad horizontal, y puesto que había un antecedente de un aparato en una fachada exterior, colocar nuestro aparato.
Las dudas que tenemos son:
¿Hemos actuado correctamente?
¿Hay alguna normativa que nos hayamos saltado y que puedan usar en nuestra contra?
¿Qué tienen que hacer para obligarnos a retirar el aparato? Y si se nos obliga a retirarlo, ¿quién debe costear esa operación?
Ahora quieren renovar las bajantes del edificio, esa reforma afecta directamente a la instalación del compresor ¿podemos negarnos a que se realice a menos que se incluya en el presupuesto la modificación de la instalación de nuestro aparato?
Muchas gracias de antemano por el tiempo invertido en ayudarnos.

2 Respuestas

Respuesta
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La actuación es correcta, no hay nada, salvo la posible ordenanza municipal en el tema de las dimensiones mínimas de los pstios que veo que habéis mirado y es de 3 x 4.
Cualquier decisión que tome la comunidad debe respetar las mayorías legales, y podríais impugnarlas judicialmente si son perjudiciales para vosotros y no respetan vuestra propiedad y derechos.
Respuesta
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Son muchas las cosas que podrían decirse al respecto de tu consulta. Intentaré resumir. En primer lugar, entiendo que es un abuso de derecho por parte de la comunidad el que no hayan dicho nada respecto a la instalación de otros aparatos y que si se quejen ahora de los vuestros. Esta ambigüedad en las decisiones podría inhabilitar cualquier demanda por parte del resto de propietarios, o se quitan todos y se decide un emplazamiento para todos o se dejan todos. Entiendo, por otro lado, que este tipo de instalaciones son modificaciones de tipo menor, pues no se afecta de forma importante ni a la estética, ni a los elementos estruccturales de la finca, por lo que a mi entendé sería únicamente necesario, sin necesidad de realizar votación, comunicar en una junta la intención de colocar estos aparatos por si hubiera alguien que quisiera decir algo. De este modo se evitan problemas posteriores. Otra cosa que debes saber, es que aunque se cuenten con todos los permisos administrativos, si en la comunidad existen normas al respecto de algo, se acatarán estas normas, aunque como te digo se tengan los permisos administrativos.
Contestando a tu última pregunta, en el caso de las bajantes, podríais ver si existe alternativa para pasarla por otro lado sin que haya que retirar el compresor. Si no es posible, y entendiendo que la situación de tu compresor es legal por lo que antes te dije del abuso de derecho, creo muy acertado que exigieses a la comunidad que corriera con los gastos de la modificación del aparato, cosa que aparece en el artículo 9c de la LPH. Además, estas obras requerirán de tu consentimiento, puesto que te afectan directamente a tenor del artículo 11.4 de la LPH.
En cualquier caso, lo que os deseo es que alcancéis una solución amistosa y buena para todos.

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