Derecho a herencia

Buenas:
Acudo a Vd, para solventar una de las muchas dudas que estos días se me presentan.
Mi madre compro un piso estando viuda, más tarde se caso y el matrimonio lo ocupo durante casi 30 años, hace unos cinco años mi madre (sin consentimiento ni conocimiento del cónyuge) lo vendió a una hija fruto de su primer matrimonio(coste cero, o sea una donación encubierta).
He oído que nadie puede recibir por donación más de lo que legalmente le corresponda por testamento.
Pregunto:
prodria el conyuge inpugnar esa venta?
podria su otra hija hacerlo?
Gracias de nuevo

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En el Derecho Venezolano se establece se establece que los progenitores pueden disponer de los bienes respentando una parte que se denomina la legitima que corresponde a los herederos es decir a los hijos y si ella no hizo capitulaciones matrimoniales el cónyuge también tiene derecho y por lo tanto se puede impugnar la donación al morir esta senora por derecho a la legitima tanto por parte de usted como de su esposo pero esta reclamación legal no se puede realizar en vida del causante . En el código civil venezolano las donaciones hechas por el testador o uno más de sus hijos se consideran anticipo de herencias; deben ser declarados y llamados a colación es decir a repartición . Espero que esto te oriente gracias por consultarme y disculpa la demora estaba de viaje al interior del país .

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