Reparaciones en vivienda nueva

Hola,
Hace 7 meses que nos entregaron nuestra casa nueva, desde entonces, estamos esperando a que nos arreglen una serie de desperfectos de construcción. ¿Hay alguna forma de reclamar todo este tiempo de espera? ¿Y qué tenemos que hacer si no nos termina de arreglar las reparaciones? Gracias.

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El artículo 17 de la ley de ordenación de la edificación hace responder al constructor de de los daños materiales por vicios o defectos de ejecución que afecten a elementos de terminación o acabado de las obras dentro del plazo de un año
La responsabilidad civil será exigible en forma personal e individualizada, tanto por actos u omisiones propios, como por actos u omisiones de personas por las que, con arreglo a esta Ley, se deba responder
En cuanto al plazo de prescripción el artículo 18 señala que las acciones para exigir la responsabilidad por daños materiales diamantes de los vicios o defectos, prescribirán en el plazo de dos años a contar desde que se produzcan dichos daños, sin perjuicio de las acciones que puedan subsistir para exigir responsabilidades por incumplimiento contractual
Si dentro de este plazo el constructor no cumple su obligación podrás acudir al juzgado para que sea éste quien le imponga el cumplimiento de ese deber

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