Cuándo se considera hora extra en ETT (España)

Trabajo para una empresa a través de una ETT. Cuando firmé el contrato, me dijeron que no se pagaba la nocturnidad porque el sueldo estaba por encima del base del convenio. Es un contrato de obra, por horas, de 40 horas, aunque hay semanas que no llego a las 10 horas y otras semanas paso de 50 horas. Mi horario, en el contrato, pone que termina a la 1.30 A.M. Pero que puede variar por necesidades de la empresa. Siempre salgo pasadas las 02.00 A.M.

Además, nos pagan los domingos un plus por festivo; sin embargo, no nos quieren pagar como festivo el sábado noche aunque salgamos de madrugada (y aunque ya sea domingo, como el domingo nos pagan ya un plus cerrado trabajemos las horas que trabajemos, nos deniegan cobrarlo por sábado noche ya que serían dos pluses).

Quería saber si todo esto es legal y pueden no pagarnos las horas extra (hay muchos días que hacemos 12 horas seguidas aunque haya otros días que sólo trabajemos 4 para compensar). Si hay alguna ley que a partir de las 9 horas trabajadas haya que pagar la hora algo más cara, y la nocturnidad. Y saber también cuántas horas se puede estar trabajando frente a una pantalla sin descansar, teniendo sólo 5 minutos para comer.

No sé si todas estas cuestiones están recogidas en algún sitio, porque la ETT se rige por el convenio de la empresa pero también tiene el suyo propio y por encima está el convenio del sector y el de los trabajadores.

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