Trabajo de Superior Categoria laboral

Buenos días, trabajo en una empresa municipal, con la categoría profesional de Ordenanza. Casi desde mi incorporación en la empresa estoy realizando trabajos de Superior Categoría, (Administrativo) supliendo a una trabajadora, (bajas médicas, vacaciones, etc.)Así que en tres años que llevo en la empresa, sumando todas las veces que he realizado dicho trabajo de administrativo, suman más de un año.
Nuestro convenio dice que tiene preferencia el ordenanza más antiguo, y tengo un compañero también ordenanza que es más antiguo que yo, aunque él no hace de Administrativo, porque entre otras cosas no sabe ni encender un ordenador. Y mi pregunta es la siguiente:
¿Puedo reclamar que me suban la categoría a Administrativo, aunque tenga menos antigüedad que mi compañero, aunque  cuando he realizado dichas tareas me lo hayan  pagado?
Según el estatuto de los trabajadores en su articulo 39, creo que si, pero ¿no se que prevalece si el estatuto o el convenio colectivo?

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