¿Qué ocurre si la empresa no asiste al acto de conciliación?

Ayer tuve el acto de conciliación con mi antigua empresa, la cual no se personó. No entiendo porque hacen esto, pues no es una empresa cutre, la cual no pudiera pagarme la indemnización por despido improcedente, ya que sólo he trabajado para ellos un año, y cuatro meses. Me han dicho que lo denuncie por el juzgado social, y que solicite un abogado de oficio. Lo que me extraña es que no se hayan presentado, pues tengo entendido que les puede caer una sanción de unos 600€, por no asistir. ¿El qué no se hayan presentado, a la hora de un juicio, esto va a mi favor?.

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La empresa no tiene obligación de personarse en el SMAC, quedando por tanto sin avenencia.

Y ya tienes la puerta abierta para de demanda en el Juzgado. La sanción por no presentarse le puede caer en juicio pero no en el SMAC.

Esto no supone nada a tu favor, pero si el despido es improcedente, pagarán una vez emita sentencia el Juez.

Un saludo. No olvides puntuar.

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Gracias por su ayuda.Me queda una duda.Ya se puede demandar?.Creía que antes tenía que valorarlo el abogado de oficio, y luego proceder con la demanda.

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