Burofax de traslado

Si a un trabajador que lleva 17 años en una empresa con una concesión que expira y llega otra empresa con otra concesión y otro convenio colectivo en el cual dice de tener movilidad geográfica y se lo aplican a este trabajador mediante un burofax el cual dice...
Debido a razones organizativas y técnicas, amparado en e articulo 40, etc, etc.
Como consecuencia de dicho traslado se le abonará la compensación económica o un complemento económico denominado por traslado.
También tiene derecho a la extinción de su contrato, percibiendo una indemnización de 20 días por año, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año y con un max de doce mensualidades.
A groso modo sería como quitarse a esa persona de en medio muy sutilmente.
La distancia entre el trabajo actual y donde le mandan es de 40km .
¿Si tuviese esa persona a sus padres con un grado de nivel de dependencia, podría si no le queda más remedio que ir, pedir la reducción de jornada o la jornada continua?
¿Les podría demandar y a la vez cogerse una baja laboral hasta la fecha de juicio o reconciliación para no tener que entrar a trabajar a su nuevo sitio.
¿Que tiempo tiene para impugnar la carta de traslado y cuales son los pasos a seguir si quiere seguir en su puesto actual.

3 respuestas

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Podría impugnar la decisión de traslado por considerarla injustificada, en cuyo caso cuenta con 20 días desde que se le haya notificado para impugnarla directamente, sin necesidad de conciliación, puesto que en este supuesto no se exige la misma. En cualquier caso, sin perjuicio de impugnar, debe proceder al traslado durante el tiempo que se tramite la demanda, a espera de que se declare injustificado.
En cuanto a la reducción de jornada que me plantea, es posible, usted tiene derecho a la reduccón o reordenación de su tiempo de trabajo e incluso a licencias para atender a personas que se por causa de accidente o enfermedad grave no puedan valerse por sí mismas. En caso de que la empresa se opusiese a dicha reordenación o reducción de su jornada de trabajo podría usted recurrir igualmente al juzgado de lo social en 20 días desde que el empresario le comunique su negativa a dicha conciliación laboral, personal y familiar.
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Para que la empresa pueda hacer eso tiene que alegar causas objetivas, la única forma de que lo devuelvan a su lugar de trabajo habitual es demostrar que no está justificado el traslado.
Tiene que irse al nuevo puesto y en un principio permanecerá en él hasta que el juez diga lo contrario, por poder puede intentar coger la baja laboral eso ya son triquiñuelas de cada uno gg
Lo que puedes hacer:
"Impugnar la decisión de traslado ante la jurisdicción social por considerar que no concurren causas justificativas, lo que deberá hacer en el plazo máximo de 20 días.Aunque haya impugnado la decisión, el trabajador está obligado a cumplir la orden de traslado, de lo contrario incurrirá en causa de despido disciplinario por desobediencia."
Hazte con un abogado o graduado social ¡YA!
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Respecto a la impugnación del burofax en el que le notifican el traslado, dispone de 20 días contados desde su recepción. Sin necesidad de conciliación previo. Ahora bien, debe tener en cuenta que debe cumplir con el traslado mientras se sustancia en proceso laboral.
Por otro lado, tiene derecho a la reducción de la jornada o a la jornada continua, e incluso a solicitar permisos por atención a familiares. Si la empresa se niega a concederle la reducción de la jornada o la jornada continua tiene el plazo de 20 días contados desde que la empresa le notifique dicha negativa para reclamar; pero en este caso debe comenzar por una conciliación.
Si es de asturias y quiere pasar por el despacho no dude en ponerse en llamarme al 902 160 269 ó 985 20 83 77.
Espero que le haya servido de ayuda.

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