Supuesto Despido Disciplinario por Hurto

Cogí dinero de una factura de un cliente por un motivo en concreto, ese dinero lo devolvía a los 5 días, pero me hicieron firmar un papel como que yo había devuelto ese dinero que me había apropiado indebidamente.
En mi convenio esta estipulada esa falta como muy grave, despido, suspensión de empleo y sueldo.
Me despiden mañana pero habiendo llegado a un acuerdo entre ambas partes, me dan una pequeña indemnización que no es la que me correspondería en teoría por los años trabajados, mis vacaciones, mi sueldo hasta entonces...
Mi pregunta:::
¿Por qué me dan esa indemnización y los papeles del paro y ninguna mala coletilla en mi expediente, según la carta de despido sera por motivos económicos?
¿No me tendrían que despedir sin más?

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Veo que es despido objetivo por causas económicas, pero realmente no existen esas causas económicas (y además seguro que ni siquiera las concreta en la carta). Además te faltan los 30 días de preaviso y el permiso de 6h semanales para buscar nuevo empleo. Por tanto puedes demandar por despido improcedente y tendrán que readmitirte o bien confirmar el despido pero pagándote indemnización de 45 días y salarios de tramitación.
Respecto a la carta del "hurto" no te preocupes. No podrán usarla posteriormente si te readmiten porque el hecho de que no la usen ahora para hacerte un despido disciplinario (la carta tiene fecha anterior al despido que te van a hacer ahora) implica que no le reconocen gravedad.
Lee el artículo de la web Laboro sobre qué hacer en caso de despido.
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Pero ante una posible demanda por mi parte y un juicio, hay una carta firmada por mi abonando la cantidad de dinero que me apropie indebidamente, la cual la vera el juez y puesto que es una falta muy grave según mi convenio, entiendo que el juez aplicara la ley y no me corresponderá ninguna indemnización...
Gracias de nuevo de antemano... Saludos-.
Lo entiendes muy mal y afortunadamente para ti la empresa y su asesoría tampoco tienen ni idea. Ellos te han comunicado un despido objetivo por lo que en el juicio eso será lo que se juzgará, es decir si existen o no las causas de despido objetivo. En el juicio no pueden aportar la carta porque no se está juzgando un despido disciplinario que no han hecho.
No olvides finalizar la pregunta.

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