Despido por cierre.

Mi empresa va a cerrar por que va bien solo tiene pérdidas. Nos han dicho que la semana que viene nos darán la carta de despido para pedir el paro y para ir con la carta al sindicato y que nos arreglen los papeles para que el FOGASA nos pague lo que nos debe de sueldos (4 meses) y la indemnización que nos corresponda. Dice que el fogasa nos pagará el 80 % de la deuda. ¿Mi pregunta es si eso es así? ¿Cuánto se tarda en cobrar del fogasa? ¿Cuántos días por año trabajado nos pagará el fogasa? Me gustaría que me informaras de todo un poco porque estoy un poco verde en el asunto y no quiero firmar nada antes de enterarme bien de todo.

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El FOGASA paga en caso de insolvencia o concurso del empresario.
El FOGASA responde en cuanto a salarios de los mismos con el siguiente límite: la cantidad resultante de multiplicar el triple del salario mínimo interprofesional diario con prorrateo de pagas (72.66 euros) por el número de días pendientes de cobro (en vuestro caso el máximo sería de aproximadamente 8719 euros).
En cuanto a las indemnizaciones si la empresa tiene menos de 25 trabajadores el FOGASA abonara directamente el 40% de la indemnización que corresponda al trabajador sin que el salario diario utilizado para calcular la indemnización pueda exceder del más arriba indicado. La indemnización se calculará sobre la base de 20 días por año de servicio siendo la cantidad máxima a pagar de una anualidad. En cuanto al resto de la indemnización o en el caso de empresas de más de 25 trabajadores, es necesaria declaración de insolvencia o concurso de la empresa. La indemnización en el caso de despidos objetivos (por causa económica) se calculará en los términos anteriores. En cuanto a lo que se tarda de cobrar del FOGASA no te puedo decir. Finalmente y en cuanto a la firma del despido y finiquitos siempre como no conforme para poder proceder a su denuncia, si procede, posteriormente.
Te envío un enlace del FOGASA donde podrás encontrar más información:
http://www.mtin.es/fogasa/Default.htm

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