Herencia y proceso monitorio

Buenos días quisiera preguntarle si ante un proceso monitorio he de darle los 3 avisos a mi hermano que es la persona a la que tengo que reclamarle. Las cantidades que se le reclaman son por deudas firmadas en herencia y que el se a negado a pagar!! Tengo testigos!!

Tengo que enviarle las dos cartas certificadas y el burofax?cuando se firmo la aceptación el ya sabia de estas deudas!!

Un saludo y gracias de ante mano

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Me gustaría que me aclarar el origen de las deudas, no veo tan claro que el procedimiento adecuado para reclamar sea el monitorio...

Son deudas firmadas en aceptación de herencia, impuestos sobre la propiedad heredada ....y de los cuales yo me e tenido que hacer cargo. Plusvalías, contribución, préstamos, pedido no pagados....

Bastará con 1 requerimiento fahaciente;

Aunque muchos son escrupulosos haciendo este trámite mediante burofax, yo siempre lo hago por correo certificado con acuse de recibo y nunca tuve problemas...

Entiendo que estoy entonces el procedimiento es el correcto. Pues así lo haré le enviaré una carta certificada con el acuse y como no va a querer pagar presentare la demanda de proceso monitorio. Cuantos días e de darle para contestar a la carta certificada antes de demandarle? un saludo y mil gracias.

Cuando mandamos un requerimiento de pago, el plazo que ponemos es de 15 días o un mes (lo aconsejable es poner un plazo corto, ya que el deudor siempre esperará a "solucionar" el problema a última hora).

Subsidiariamente, y considerando que el deudor no ha hecho frente al pago por que tal vez tiene "dificultades económicas", le damos la posibilidad, dentro de ese plazo, de acordar unos plazos para pagar (que, si se aviene, documentamos por escrito, pero bajo apercibimiento de que el impago de cualquier plazo, no lo avisaremos de nuevo para interponer demanda en el Juzgado).

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