Herencia

Buenas tardes:
Mi consulta es la siguiente: ¿Puedo renunciar a la herencia de mi padre, teniendo yo hijos mayores de edad).
Gracias, un saludo

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Usted puede renunciar, pero hay que ver detenidamente los efectos de esa renuncia.
La renuncia puede ser pura y simple; en este caso, se ve si en el testamento se prevé la sustitución vulgar a favor de descendientes en caso de renuncia, y si es así su derecho pasa a los hijos de usted; si no se prevé esa sustitución vulgar a favor de descendientes, entonces acrece a los otros herederos, o sea, los hermanos de usted serán quienes tengan ese derecho.
Cuidado, que esta renuncia pura y simple, si es de herencia prescrita, es decir, que hace más de cuatro años y medios desde el fallecimiento, tributan por donaciones.
Y la otra modalidad de renuncia es a favor de otra persona; en este caso se entiende que usted ha recibido con lo que debe de liquidar el impuesto de sucesiones; y luegor habrá una donación que también tributa por donaciones, pues la persona beneficiaria por la renuncia está recibiendo algo de forma gratuita.

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