Pensión alimenticia y gastos de hipoteca

Mi madre está en un proceso de divorcio con su segundo marido, con el que tiene dos hijos menores, uno de ellos con minusvalía. Ella no tiene ingresos propios ya que no puede trabajar debido a la minusvalía grave de su hija, salvo la prestación por dependencia y una pensión por renta garantizada, en total unos 900€ mes.
El por su parte declara unos ingresos de 240€ mes, que es lo que tiene en nómina, aunque nos consta que cobra más dinero en B, ya que tiene con su jefe este "acuerdo" desde antes de divorciarse para poder beneficiarse de ayudas sociales, prestación por desempleo... Etc. Nos consta esta situación porque como ya le explico mi madre era "cómplice" de ello mientras estaban casados. Desde que se separaron el declara que ya no le pagan más que esos 240€.
Por otro lado durante los meses en los que ha tardado en salir el juicio el se ha estado haciendo cargo de algunos gastos como el teléfono, la luz y una parte de la calefacción. Además él paga ahora un alquiler por el piso en el que vive más los gastos de luz, agua, coche y comida que genere. Además sus visitas a los bares de la zona son comunes, su hija que no tiene minusvalía y es mayor de 14 años lo ha visto en muchas ocasiones. Evidentemente esto suma más de 240€ mes.
Durante estos mismos meses ella ha pagado la hipoteca integra (540€), un crédito personal que tienen ambos que asciende a unos 200€, deudas correspondientes al IBI del piso y a la comudidad atrasadas desde hace dos años, la alimentación y vestido de las niñas (el no ha aportado económicamente más que alguna bolsa del banco de alimentos, y en un par de ocasiones le dio 10€ a la hermana mayor en este concepto, a lo largo de 9 meses de separación). Ha podido ella hacerse cargo de todo esto gracias a que la familia le hemos ayudado económicamente.
Ahora ha salido el juicio y la fiscal pide para el 60€ al mes por hija en concepto de manutención, y que todos los gastos extra, hipoteca y crédito los pague ella; el reitera en el juicio en que solo gana 240€ y que son sus amistades los que le ayudan a mantenerse, a quienes les debe ya mucho dinero, por lo que no puede aportar más.
Siento haberme extendido tanto pero quisiera que contaran con todos los datos, mi pregunta es: ¿Cómo se puede demostrar que esta persona gana más dinero del que dice para conseguir que, al menos, se haga cargo de la mitad de la hipoteca y el crédito ya que el piso sigue estando a su nombre?
La abogada que lleva el tema es de oficio ya que se carecen de recursos para contratar uno particular, pero nos estamos planteando hacer el esfuerzo la familia para conseguir la situación más justa para ella.

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Pueden recurrir la sentencia a la Audiencia, pero lo tienen muy difícil, los Jueces se ciñen a lo que se puede demostrar con papeles a la hora de dictar un sentencia, y lo que le consta a su Señoría es que está ante una nómina de 240 Euros, por lo que la pregunta que hace no se la puedo contestar yo, es Vd. quien debe contestarse a si mismo ¿tienen alguna forma de demostrar de manera documentada y fehaciente que el tiene unos ingresos superiores a esa cantidad que él si acredita ...? Creo que la respuesta es NO. Ya sabemos que no se sostiene de pié que alguien con 240 Euros pueda subsistir, pero a su Señoría no le consta otra cosa, y todas esas cosas de que si toma copas etec,,,, eso no es un argumento para un Juez.

Lo siento pero salvo que tengan papeles ó documentos ó cuentas bancarias donde figuren otros ingresos a los 24o Euros, lo tienen crudo.

Gracias por su rápida respuesta, pero me gustaría que me aclarase un punto, En cuanto al pago integro de la hipoteca por parte de ella ¿no es injusto que el siga figurando como propietario de la vivienda, cuando el importe integro lo paga ella e incluso ayudada por las aportaciones de la familia? ¿Como se puede pedir la modificación al menos de este hecho? ¿o solicitar la venta de la misma?

Pueden solicitar lo que jurídicamente se denomina " ACTIO COMMUNI DIVIDUNDO " o DIVISIÓN DE LA COSA COMÚN, es un proceso judicial ordinario pero para el que se necesita Abogado y Procurador, que cualquiera de las partes puede instarlo en el Juzgado, no en el de Familia, sino que ya es un proceso diferente, y se dirime en un Juzgado Civil ordinario.

Eso si, que el Abogado que contraten sea especializado en EXTINCIÓN DE CONDOMINIOS.

Un compañero experto en estas lides se ocupa de estos temas, está en Madrid.

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