¿Puedo anular mi seguro de vida?

Buenos días,
Cuando firmé mi hipoteca, mi banco me obligó a contratar un seguro de vida y protección de préstamos. En el certificado individual del seguro, se indica que el vencimiento de dicho seguro es a la finalización del préstamo hipotecario y que el beneficiario de dicho seguro es la entidad bancaria. Me gustaría saber si puedo cancelar este seguro o, legalmente, estoy obligada a pagarlo prácticamente el resto de mis días. Lo que me gustaría sería cancelar este seguro y quizás, contratar otro en el que los beneficiarios sean mis padres o mi hermana y poder contratarlo donde me ofrezcan mejores ventajas. ¿Puedo hacerlo? ¿Cómo debo proceder?
Muchas gracias,
Silvia.

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Contesto a tus preguntas:
1-Puedes anularlo avisando con 60 días de antelación a la compañía donde lo tengas de forma fehaciente(por ejemplo carta certificada). Lo que pasa es que los bancos exigen que se tenga un seguro de vida de amortización de prestamos por si te pasa algo, ellos recuperen el importe que queda por pagar
2-Si te decides a cambiarlo porque te interesa la oferta solo tienes que incluir una clausula de beneficiario a favor del banco y por el importe pendiente de amortizar y el resto de beneficiarios para la cantidad que resta poner a los que tú quieras. Le llevas una copia al banco y ya está.

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